Logo

ANGELUCCI ANALIA GABRIELA c/ ANSES s/AMPAROS Y SUMARISIMOS

La actora promovió acción de amparo contra la ANSES solicitando la declaración de inconstitucionalidad de la aplicación del artículo 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional docente y el reintegro de sumas retenidas. El Juzgado hizo lugar a la demanda, declaró inaplicable el artículo 9 respecto del caso y ordenó a la ANSES abonar el haber sin aplicación del tope y reintegrar los importes retenidos con intereses.

Amparo Anses Ley 24.463 art. 9 Jubilacion docente Ley 24.241 Decreto 137/2005 Inaplicabilidad Reintegro Prescripcion (26.12.2023 / 28.11.2025) Intereses bcra

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ANGELUCCI ANALIA GABRIELA, DNI 18.127.281. Demandado: ADMINISTRACIÓN NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL (ANSES). Objeto: Declaración de inconstitucionalidad/inaplicabilidad de la Circular Anses Prev 05-0819 o cualquier norma que disponga la deducción del artículo 9 de la ley 24.463 sobre su haber previsional obtenido por servicios docentes (Ley 24.241 + Decreto 137/2005), con reintegro de las sumas descontadas y sus intereses. Decisión: Se hace lugar a la demanda; se declara la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 respecto del beneficio de la actora; ordena a la ANSES abonar el haber sin la aplicación del tope del artículo 9 y liquidar y abonar el retroactivo devengado desde la fecha de adquisición del beneficio (26.12.2023), dentro de 30 días; costas a cargo de ANSES; intereses conforme tasa pasiva promedio mensual del BCRA. Regulación de honorarios diferida para etapa de ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literales): "El objeto de la pretensión es obtener la declaración de inaplicabilidad del artículo 9 de la ley 24.463 sobre el haber previsional de la actora obtenido por sus servicios docentes, en los términos de la Ley 24.241 + Decreto 137/2005." "no es posible considerar válido sostener en el universo de jubilados docentes la aplicación de la escala de deducción y del tope máximo previsional previstos en el artículo 9 incisos 2 y 3, respectivamente de la ley 24.463 según su beneficio fue otorgado conforme la ley 24016 o conforme la ley 24.241 + el Decreto 137/2005, sin alterarse injustamente el principio de igualdad garantizado por el artículo 16 de la Constitución Nacional." "Conforme a ello, cabe considerar inaplicable el artículo 9 de la ley 24.463 cuestionado en la demanda sobre el beneficio de jubilación de la actora." "Por lo expuesto la Anses deberá abstenerse de aplicar, sobre el haber de jubilación de la actora el tope previsto por el artículo 9 de la ley 24.463, como, asimismo, deberá reintegrar los montos retenidos oportunamente por tal concepto..." Sobre prescripción e intereses: "corresponde analizar la procedencia del pedido desde los dos años previos a la interposición de la demanda (28.11.2025). El límite siempre será la fecha de adquisición del beneficio. Siendo la fecha de adquisición del derecho el 26.12.2023 ... En relación con los intereses, se liquidarán desde que cada suma es debida conforma la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina (conf. CSJN in re “Spitale, Josefa Elida c/ Anses s/ impugnación de resolución”, sentencia del 14.9.2004)."

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar