Logo

GONZALEZ EUSTAQUIA VICTORIA c/ ANSES s/PENSIONES

La actora demandó a ANSES solicitando pensión directa por fallecimiento de su cónyuge y la incorporación de la deuda previsional del causante a la moratoria de la ley 24.476. El Juzgado hizo lugar a la demanda, ordenó a ANSES revocar la resolución denegatoria y reconocer la pensión permitiendo abonar la moratoria en las cuotas originalmente solicitadas por el causante.

Pension directa Moratoria ley 24.476 Anses Seguridad social Aportes adeudados Prescripcion anual Interes bcra Interpretacion amplia Pension por fallecimiento Cuotas moratoria

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. Eustaquia Victoria Gonzalez (DNI 4.925.538). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Impugnación de la Resolución Administrativa RGB-A 1714 de fecha 9.10.2024 que denegó la pensión directa por fallecimiento del Sr. Juan Víctor Poblete; se pide que se reconozca la pensión y que la deuda previsional ingresada en la moratoria ley 24.476 sea considerada para acceder al beneficio, permitiendo el pago en las cuotas solicitadas. Decisión: Se hizo lugar a la demanda. Se ordenó a ANSeS dictar nueva resolución concediendo la pensión a la actora, considerando al causante como aportante irregular con derecho e incorporando la deuda del causante en la moratoria ley 24.476, permitiéndose abonar las cuotas según el plan ingresado por el causante. Se admitió en parte la excepción de prescripción para liquidar haberes desde un año antes del pedido administrativo. Se impusieron las costas a la demandada. Intereses conforme tasa pasiva promedio mensual del BCRA.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos literalmente del fallo): "la cuestión a dilucidar consiste en determinar si asiste derecho a su cónyuge a obtener el beneficio de pensión directa, considerando que el causante falleció a los 56 años de edad y que antes de su deceso intentó regularizar la deuda con el sistema previsional ingresando para ello a la moratoria ley 24.476 (ver expediente administrativo de donde surge la inscripción a dicha moratoria en el marco de la ley 24.476, cuya fecha de presentación fue efectuada el 23.5.2008). En esta moratoria ingresó un total de 23 años y 4 meses adeudados, para ser abonados en 60 cuotas." "la resolución denegatoria dictada por la Anses lo fue desde un punto de vista técnico, omitiendo considerar los alcances y principios del sistema de la seguridad social, que debe velar. Ello, ya que la cuestión planteada por la actora, no debió ser objeto de una interpretación meramente teórica, técnica y literal del plexo normativo vigente, sino por el contrario, debió ser conforme una interpretación dinámica del derecho." "En virtud de lo expuesto, pruebas aportadas por la actora y análisis efectuado, encontrándose acreditado que el causante ingresó en vida el trámite de acogimiento a la moratoria ley 24.476, a fin de cancelar la deuda en las cuotas que dicha normativa preveía, abonando la primera cuota, corresponde reconocer el derecho a su cónyuge de obtener el beneficio de pensión solicitado en el marco de la citada ley permitiéndosele abonar el resto de la deuda en la misma cantidad de cuotas solicitada por el de cujus."
- Otros puntos relevantes: se aplica el art. 8 de la ley 24.476 en favor del acceso a beneficios; se cita jurisprudencia de la CSJN sobre interpretación amplia en materia previsional (Peresutti, Fernández Neris, Pace); prescripción anual conforme art. 82 de la ley 18.037; liquidación de intereses según tasa pasiva promedio mensual del BCRA; costas a cargo de ANSeS conforme in re “Morales, Blanca Azucena c/ Anses” (22.6.2023).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar