DOROG GONZALEZ MARIA ZULEMA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
La actora promovió acción contra ANSES solicitando el reajuste de su haber previsional por falta de movilidad y actualización. El tribunal hizo lugar parcialmente: ordenó la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) según el índice Badaro y rechazó el resto de los pedidos relativos a PC, PAP, topes y movilidad.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Dorog Gonzalez María Zulema (parte actora)
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES)
Objeto: Reajuste/actualización del haber previsional (prestaciones otorgadas bajo ley 24.241), inconstitucionalidad de normas (leyes 24.241, 24.463 y normas de movilidad) y pago de diferencias; reserva de caso federal.
Decisión: Se hizo lugar parcialmente a la demanda: se ordenó la actualización de la PBU conforme al índice "Badaro" y, si la diferencia resultare confiscatoria (según el test indicado), el pago de las sumas con intereses; se rechazó la demanda respecto de la actualización de la Prestación Compensatoria (PC) y la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), así como los planteos sobre topes y movilidad; se difirió el examen del art. 9 de la ley 24.463 para ejecución; costas conforme al orden causado; regulación de honorarios diferida para ejecución.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción literal de los párrafos más relevantes):
"Ahora bien la actora ha solicitado en autos la actualización de las remuneraciones para el cálculo de la PC y PAP fijado en el art. 24 de la ley 24241 y toda vez que se trata de un beneficio adquirido con posterioridad a la ley de movilidad n° 26417 y en vigencia de la ley 27609, en base a la modificación del art. 2 de la ley 26417, introducida por el art. 4 de la Ley 27609, corresponde estarse, para su actualización, a las pautas allí establecidas.
Por lo tanto, resulta inaplicable lo dispuesto por el Alto Tribunal en el fallo “Blanco Lucio Orlando c/Anses s/Reajustes Varios” del 18/12/2018 (cfr. CSS 42272/2012/ CS1-CA1), toda vez que conforme sus fundamentos, se dictó en un momento donde, ni el Poder Legislativo ni la Secretaría de Seguridad Social, se habían expedido respecto a los índices de actualización para el cálculo de las remuneraciones, a utilizar, situación que se revierte con el dictado de la ley 27426 y más precisamente, en su artículo 3ro. La parte actora, no adquirió el derecho a la aplicación de una determinada doctrina o de un determinado índice, sino que, al cese, le corresponde que su haber previsional se calcule con la actualización de las remuneraciones que prevé la normativa vigente a la fecha en que adquirió el derecho."
"Atento como se resuelve la presente, respecto de la actualización de las remuneraciones a los fines del cómputo de la Prestación Compensatoria (PC) y Prestación Adicional por Permanencia (PAP), estimo que no se dan, en el caso, los presupuestos establecidos en el precedente de la CSJN 'Quiroga Carlos Alberto c/Anses' sentencia del 11-11-04 ya que no habría liquidación posterior. Por lo tanto y a los fines de no cercenar los derechos del beneficiario, actualícese la Prestación Básica Universal (PBU) con el índice establecido en el precedente jurisprudencial: 'Badaro Adolfo Valentín'..."
"En cuanto al haber mensual, el Máximo Tribunal se expidió en la causa 'García María Isabel c/AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad' el 26/3/19 y en la causa 'García Marta Susana c/Anses s/Reajustes Varios' del 10/9/20, ordenando que hasta que el Congreso Nacional legisle sobre el punto, no corresponde retener suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias sobre la prestación previsional (cfr. considerando 24); consecuentemente, por economía procesal, aplicaré la doctrina de la Corte Suprema de Justicia de la Nación... corresponde seguir los lineamientos precedentemente indicados y disponer que la Anses, al momento de abonar las sumas que pudieran resultar por medio de la presente, se abstenga de formular descuento alguno por Impuesto a las Ganancias..."
"Las diferencias que pudiesen resultar a favor del actor deberán abonársele sin merma alguna. Esto así, de acuerdo a lo resuelto por el Alto Tribunal en la causa 'Pellegrini, Américo c/ Anses s/ reajustes varios' del 28.11.06 ... Ello asi, en el entendimiento que ni la ley 24.241 ni en su modificatoria la ley 24.463, en lo que aquí interesa, se advierte norma alguna que autorice dichas mermas."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia.
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