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BINIA, MOISES c/ AGENCIA DE RECAUDACION Y CONTROL ADUANERO s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE DERECHO

El actor promovió acción meramente declarativa contra la Agencia de Recaudación y Control Aduanero por la aplicación del Impuesto a las Ganancias sobre haberes jubilatorios. El Juzgado admitió el allanamiento de la demandada, declaró inconstitucionales las normas impugnadas y ordenó la suspensión de descuentos y la restitución de sumas retenidas con intereses.

Allanamiento Inconstitucionalidad Impuesto a las ganancias Haberes previsionales Restitucion Interes tasa pasiva bcra Costas Honorarios 10 uma Accion meramente declarativa Arca/afip.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Binia, Moises (parte actora). Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA) / Administración Federal de Ingresos Públicos. Objeto: Declaración de inconstitucionalidad e inaplicabilidad de diversos artículos de la Ley del Impuesto a las Ganancias en cuanto a su aplicación sobre haberes previsionales; orden de abstención de descuentos sobre la jubilación y restitución de montos retenidos con intereses desde cinco años previos. Decisión: Se admitió el allanamiento de la demandada; se hizo lugar a la demanda; se declararon inconstitucionales las normas cuestionadas respecto del actor; se ordenó la abstención de aplicar el impuesto sobre la prestación previsional hasta que el Congreso legisle; se ordenó la restitución de sumas retenidas en los últimos cinco años y aplicación de interés; se impusieron las costas al orden causado; se regularon honorarios de la parte actora en 10 UMA.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "De los términos de la presentación realizada por la accionada, surge que dicha parte se ha allanado en forma real, incondicionada, oportuna y total a la pretensión de la parte actora, por lo que corresponde admitir el allanamiento formulado." "A tal fin, entiendo necesario dejar aclarado que el criterio del Suscripto en estos reclamos es que solo corresponde la declaración de inconstitucionalidad de las normas cuestionadas, en aquellos casos donde el reclamante acredite avanzada edad, gastos extraordinarios, enfermedades y tratamientos vinculados a ésta, etc; en suma, situaciones concretas que lo ubiquen dentro del espectro de verdadera y real vulnerabilidad... Sin embargo, dado que las dos Salas de la Excma. Cámara Federal de Apelaciones de esta Ciudad han declarado la inconstitucionalidad de las normas atacadas, con prescindencia de otras consideraciones puntuales de los reclamantes..., por razones de economía procesal y dejando a salvo mi criterio personal, resolví en causas posteriores, hacer lugar al reclamo entablado por quien pertenezca al colectivo de 'pasivos' aunque no acrediten las demás situaciones apuntadas." "En consecuencia, hacer lugar a la demanda iniciada en su contra y declarar la inconstitucionalidad de la/s normas cuestionada/s en la demanda, y ordenar a ésta se abstenga de descontar al/a la actor/a suma alguna en concepto de impuesto a las ganancias de la prestación previsional, hasta tanto el Congreso legisle sobre el punto, conforme fuera decidido en el precedente 'García' de la CSJN." "Asimismo, deberá restituir los montos que se hubieran retenido por aplicación del impuesto a las ganancias, desde lo cinco (5) años previos a la fecha de interposición de la demanda o del reclamo administrativo, si éste se hubiese presentado." "A las sumas cuyo reintegro se ordena deberá aplicarse el interés de la tasa pasiva promedio que mensualmente publica el Banco Central de la República Argentina, desde que cada suma fue retenida." "Imponer las costas del proceso en el orden causado (conf. Art. 68, 2 Parte del CPCCN)."
- Votos en disidencia: No consta voto en disidencia (resolución unipersonal).

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