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Incidente Nº 7 - IMPUTADO: RAMOS, WALTER GABRIEL s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)

Audiencia de control de acusación por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización en concurso real con contrabando. El juez declaró admisible la acusación, rechazó el planteo formal de la defensa y dictó auto de apertura a juicio unipersonal con pena estimativa de cinco años y seis meses y multa.

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Actor: Ministerio Público Fiscal (Unidad Fiscal de Rawson, Dres. Fernando O. Gelvez y Zulma Manllauix). Demandado: Walter Gabriel Ramos. Objeto: Acusación por tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c Ley 23.737) en concurso real con el delito de contrabando (art. 865 inc. i Ley 22.415), con requerimiento de pena de cinco años y seis meses de prisión, multa de 4 a 20 veces el valor en plaza de la mercadería incautada y decomiso. Decisión: Rechazó el planteo de la defensa sobre cuestiones formales y calificación; declaró admisible la acusación contra Walter Gabriel Ramos; dictó auto de apertura a juicio y remitió actuaciones para sorteo de juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal que intervendrá en forma unipersonal.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"S.S tuvo por verificado el cumplimiento de los requisitos del art. 274 del CPPF, por lo que correspondía admitir la acusación, toda vez que el imputado estaba debidamente identificado, así como también su defensa; los hechos fueron precisamente detallados, se expresaron los fundamentos que a criterio del órgano acusador permite llevar la causa a juicio oral junto con las disposiciones aplicables al caso y se ofreció oportunamente prueba para el debate oral y público y para el juicio de cesura que a continuación se examinará." "En consecuencia, verificado el cumplimiento de los recaudos del art. 274 del CPPF, y no advirtiéndose obstáculos procesales ni sustantivos que tornen improcedente la apertura del debate, S.S dijo que correspondía declarar admisible la acusación respecto de Walter Gabriel Ramos..." Parte resolutiva (transcripción): "I.
- RECHAZAR el planteo formulado por el señor Defensor respecto a las cuestiones formales de la acusación y al cuestionamiento sobre la calificación. II.
- DECLARAR ADMISIBLE la acusación impetrada por el Ministerio Público Fiscal en contra de Walter Gabriel RAMOS, de las condiciones personales obrantes en autos, por el delito de tenencia de estupefacientes con fines de comercialización (art. 5 inc. c de la Ley 23.737 en concurso real con el delito de contrabando dispuesto en el art. 865 inc. i de la Ley 22.415 en calidad de autor conforme lo dispuesto en los artículos 44 y 45 del CP, con un requerimiento de pena de CINCO AÑOS Y SEIS MESES DE PRISION y una multa equivalente a (de 4 a 20) veces el valor en plaza de la mercadería incautada, con mas el decomiso de esa mercadería, conforme lo dispuesto en los incisos a) y c) del art. 876 de la Ley 22.415, accesorias legales del art. 12 del Código Penal y costas." "III.
- En consecuencia, DICTAR AUTO DE APERTURA A JUICIO debiéndose las actuaciones REMITIRSE a la Oficina Judicial de Juicio de Comodoro Rivadavia para que efectúe el sorteo del Juez del Tribunal Oral en lo Criminal Federal que deberá intervenir en forma unipersonal tal lo dispuesto en los art. 55 y 281 del CPPF)."

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