Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: RAMIREZ , MARCELO RAMON s/ROBO DAMNIFICADO: SAEZ, INES
Se instruyó causa penal por robo en grado de tentativa contra Marcelo Ramón Ramírez por el intento de sustracción de un teléfono celular en un colectivo. La Cámara Oral condenó mediante juicio abreviado a Ramírez a cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento, lo declaró reincidente y fundamentó la pena en la admisión del hecho, la prueba recopilada y sus antecedentes.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal, representado por el Dr. Marcelo Martínez Burgos, Fiscal a cargo de la Fiscalía N° 22 ante los Tribunales Orales en lo Criminal y Correccional de la Capital Federal.
Demandado: Marcelo Ramón Ramírez, DNI/identificación paraguaya nro. 4.467.742, actualmente detenido en Alcaidía 9 Remedios.
Objeto: Se le atribuye haber intentado apoderarse (robo en grado de tentativa) del teléfono celular marca Samsung S25 propiedad de Inés Sáez, ocurrido el 8 de mayo de 2026 en un colectivo de la línea 132.
Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se condenó a Ramírez a cinco meses de prisión de efectivo cumplimiento y al pago de costas; además se lo declaró reincidente y se ordenó informar a la Dirección Nacional de Migraciones.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos y citas textuales relevantes):
"Se le atribuye a MARCELO RAMÓN RAMÍREZ haber intentado apoderarse de un teléfono celular marca Samsung, modelo "S25"... Ello tuvo lugar el 8 de mayo de 2026, alrededor de las 21.30 horas, cuando la damnificada se encontraba sentada en los asientos traseros del colectivo de la línea 132... momento en que Ramírez le arrebató el celular a Sáez de sus manos, para luego descender por la puerta trasera del colectivo y darse a la fuga."
"A partir que el acuerdo de juicio abreviado presentado fue planteado en legal tiempo y forma, y que Ramírez ha admitido en la audiencia tanto la existencia del hecho y su participación en el, como así también la conformidad con la calificación legal y con la pena propuesta, se considera que se encuentran reunidos los requisitos de admisibilidad establecidos por el artículo 431 bis del Código Procesal Penal de la Nación..."
"Las constancias obrantes en estos autos, valoradas de conformidad con las reglas de la sana crítica racional (artículos 241 y 398, segundo párrafo, del Código Procesal Penal de la Nación), permiten tener por cierto que, el 8 de mayo de 2026... Marcelo Ramón Ramírez intentó sustraerle su teléfono celular... A su vez, que previo a su detención por personal policial, Ramírez arrojó al suelo el teléfono móvil en cuestión, que fue recuperado y entregado nuevamente a Sáez."
"Las conductas exteriorizables y públicas desplegadas por Ramírez poseen encuadre legal en la figura de robo en grado de tentativa, conforme lo previsto por los arts. 42, 44 y 164 del Código Penal de la Nación."
"En virtud de ello impondré, valorando las condiciones personales que mencionó Ramírez la imagen brindada por el nombrado y respetando el acuerdo suscripto por las partes... la pena de cinco meses de prisión, que será de efectivo cumplimiento atento a los antecedentes que registra Ramírez."
Se incluyen además las referencias a distintos elementos probatorios: declaración de la damnificada, declaración de los oficiales intervinientes, acta de detención y notificación de derechos, acta de secuestro, fotografías e informe pericial del dispositivo y certificado de antecedentes. El tribunal considera acreditada la autoría como coautor y no advierte causas de exclusión de antijuricidad ni inexigibilidad de comportamiento conforme a derecho.
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