Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: S.A.M. s/ROBO DE AUTOMOTOR O VEHICULO EN LA VIA PUBLICA DAMNIFICADO: ROJAS SEJAS, ERICK
El Ministerio Público Fiscal y la defensa acordaron imputar a A.M.S. por robo agravado en grado de tentativa contra una motocicleta estacionada. La Cámara, aplicando el art. 4 de la ley 22.278 y ponderando la evolución del proceso tutelar, declaró penalmente responsable a A.M.S. pero lo absolvió sin costas y levantó las medidas cautelares.
Actor: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía Oral de Menores N°1) y las defensas; las partes presentaron acuerdo bajo art. 431 bis C.P.P.N. Demandado: A.M.S. (nacido el 9 de julio de 2008; menor al momento del hecho). Objeto: Que se lo declare penalmente responsable como coautor del delito de robo agravado (vehículo dejado en la vía pública) en grado de tentativa y se imponga pena de 1 año y 6 meses de prisión; alternativamente solicitar la absolución según art. 4 del decreto ley 22.278. Decisión: Se declaró penalmente responsable a A.M.S. por robo agravado en grado de tentativa en calidad de coautor y, conforme al acuerdo entre partes y a la valoración del seguimiento tutelar, se lo absolvió en virtud del art. 4 del decreto ley 22.278; se ordenó levantar las medidas cautelares sobre sus bienes y archivar la causa una vez firme.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
Transcripción de párrafos relevantes y citas textuales:
"La conducta atribuida a A.M.S. encuentra adecuación típica en el delito de robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública, en grado de tentativa, por el que deberá responder en calidad de coautor penalmente responsable (arts. 42, 45, 167 inc. 4° en función del art. 163 inc. 6° del Código Penal de la Nación)."
"Surge del expediente tutelar 54765/2024/TO1/2 que la intervención socio-jurídica se extendió desde el 2 de octubre de 2024 hasta el 9 de julio de 2026, fecha en que el causante cumplió su mayoría de edad. Del análisis conjunto de los informes elaborados por el Centro de Admisión y Derivación, el equipo interdisciplinario y el informe retrospectivo del proceso tutelar, se desprende una evolución favorable durante el período de intervención sociojurídica."
"A lo largo del proceso tutelar logró consolidar una rutina organizada a partir de su inserción sostenida en el ámbito laboral... la realización de un curso de barbería, el desarrollo de dicha actividad de manera independiente y la puesta en marcha de un emprendimiento gastronómico... no registró nuevas intervenciones sociojurídicas ni indicadores de consumo problemático de sustancias o situaciones de riesgo relevantes, lo que da cuenta de un efectivo alejamiento de contextos de conflictividad penal."
"En definitiva, los informes técnicos permiten concluir que el proceso de intervención cumplió satisfactoriamente sus objetivos, verificándose una evolución personal positiva... Luego de examinar las constancias de la causa y del expediente tutelar, considero ajustada a derecho la propuesta acordada por las partes."
"Por lo expuesto, aplicando las facultades otorgadas por el artículo 4 de la ley 22.278, y teniendo en especial consideración que se ha logrado el fin propuesto por el art. 40.1 de la Convención sobre los Derechos el Niño, de raigambre constitucional, coincido con la propuesta formulada por las partes, por lo que corresponde disponer su absolución, en consecuencia, levantar las medidas cautelares trabadas sobre sus bienes durante la etapa de instrucción (art. 402 del Código Procesal Penal de la Nación)."
Decisión dispositiva (extracto):
"I.
- DECLARAR PENALMENTE RESPONSABLE a A.M.S. ... por considerarlo coautor penalmente responsable del delito de robo agravado por tratarse de vehículo dejado en la vía pública, en grado de tentativa. ... II.
- ABSOLVER a A.M.S., ... sin costas ... III.
- Dejar sin efecto las medidas cautelares que pesan sobre los bienes del nombrado."
No hubo votos en disidencia relevantes (resolución unipersonal).
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