VOENA CARLOS ALBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió acción contra ANSES reclamando reajustes y redeterminación del haber previsional, inclusive por PBU. La Cámara Federal de la Seguridad Social rechazó el recurso de la actora, hizo lugar al de la demandada en aspectos puntuales y confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás, difiriendo el examen de la PBU para la ejecución.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Voena Carlos Alberto (actor).
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes varios y redeterminación del haber inicial previsional (fecha de adquisición del derecho: 12/05/17), aplicación de índices de actualización, tratamiento de la Prestación Básica Universal (PBU), topes y declaraciones de inconstitucionalidad de normas (leyes 24241, 24463, 27541, 27609, 27609/27.609 y decretos relacionados).
Decisión: Se rechazó el recurso de la actora y se hizo lugar al de la demandada en los términos indicados; se confirmó la sentencia de primera instancia en lo demás que fue materia de agravios; se difirió el tratamiento del valor y revisión de la PBU a la etapa de ejecución; se rechazaron las pretensiones de declarar inconstitucional la ley 27.541 y la ley 27.609 por falta de elementos de irracionalidad manifiesta; costas y honorarios conforme lo expresado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
"III. Que se encuentra controvertido en autos la determinación del valor de la Prestación Básica Universal, cuestión cuyo tratamiento corresponde diferir para la etapa de ejecución cfr. lo dispuesto por la C.S.J.N. el 11.11.14 in re “QUIROGA”, momento en que deberá evaluarse con arreglo a las pautas indicadas en los fallos de esta Sala recaídos en los expedientes 38794/2010: “SADOFSCHI”, sentencia del 21 de octubre de 2021 y 73433/2010 “MARINATI”, sentencia del 14 de julio de 2022."
"VI. ...consideramos que no existen elementos suficientes que permitan declarar la inconstitucionalidad de la emergencia sancionada por el Congreso a través de la ley 27.541, ni tampoco de los decretos dictados por el Poder Ejecutivo en función de la delegación legislativa realizada, toda vez que no se evidencia irracionabilidad respecto de los fines propuestos en las bases de delegación, no viéndose vulnerado el mandato constitucional del art. 14 bis de la CN."
"Que por ello, por mayoría, el Tribunal RESUELVE: 1) rechazar el recurso deducido por la parte actora y hacer lugar al de la demandada y, por ello, a) diferir el análisis de la revisión del haber inicial de la PBU para la etapa de ejecución conforme “Quiroga”; 2) confirmar la sentencia en lo demás que decide y fue materia de agravios, con el fundamento y alcances indicados precedentemente; 3) costas por su orden en la Alzada... y 4) determinar los honorarios de la dirección letrada de la actora –por su actuación en esta Alzada
- en el 30% de lo que estipule para la instancia anterior..."
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