MARTIN ISMAEL RUBEN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando recálculo del haber inicial, aplicación de pautas de movilidad y pago de retroactivos por reajustes. El tribunal hizo lugar parcialmente, ordenó reliquidar y actualizar la Prestación Básica Universal según doctrina Badaro y fijó interés y prescripción desde el 26/02/2022.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Martin Ismael Ruben.
Demandado: A.N.Se.S. (Administración Nacional de la Seguridad Social).
Objeto: Reajuste/recalculo del haber inicial de jubilación (ley 24.241), correcta actualización de remuneraciones computadas (aportess dependientes), aplicación de pautas de movilidad, pago de sumas retroactivas con intereses; impugnación de topes máximos y cuestionamiento de constitucionalidad de diversas normas.
Decisión: Se hace lugar parcialmente a la demanda. Se ordena a ANSeS que reliquide la PBU (Prestación Básica Universal) conforme a las pautas indicadas (aplicando el índice del precedente Badaro y demás incrementos hasta la fecha de adquisición del derecho), y que abone las diferencias con intereses desde el 26/02/2022. Se rechazó el pedido de actualización del haber inicial en los términos planteados; se admitió la excepción de prescripción respecto de créditos anteriores a dos años previos al reclamo administrativo; costas en el orden causado; diferimiento de regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes):
1) "La parte actora promueve demanda contra la A.N.Se.S. con el objeto de que se disponga el reajuste de su prestación, obtenida en los términos de la ley 24.241. Solicita el recálculo de su haber inicial -pues considera que no se han actualizado correctamente las remuneraciones computadas-, la aplicación de las pautas de movilidad correspondientes y el pago de las sumas retroactivas generadas con más sus intereses."
2) "Con relación al pedido de recálculo de la Prestación Compensatoria y Prestación Adicional por Permanencia, cabe señalar que el beneficio fue otorgado en vigencia de la ley 27.426 ... razón por la cual deberá estarse a lo dispuesto en dicha norma –art. 3, no impugnado en autos
- y disposiciones reglamentarias y modificatorias."
3) "Por lo tanto, no corresponde hacer lugar al pedido de actualización en los términos formulados, al no haberse demostrado que la demandada se apartara de las normas aplicables al caso o que éstas fueran irrazonables o produjeren un perjuicio a la demandante."
4) "Sin perjuicio de lo anterior ... la Corte Suprema de Justicia de la Nación ha dispuesto la aplicación del precedente 'Quiroga, Carlos Alberto c/Anses s/Reajustes Varios' ... de lo que se colige que se ha contemplado la posibilidad de actualización de la referida prestación en cualquiera de esos casos, criterio con el que concuerdo..."
5) "En virtud de lo anterior, a fin de evitar un dispendio jurisdiccional, estimo adecuado aplicar la referida doctrina y ordenar la actualización de la PBU de acuerdo con el índice considerado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en el citado fallo 'Badaro'..."
6) "Luego, se determinará qué incidencia porcentual tiene la eventual merma de la PBU en el haber inicial total, y para ello: 1) se calculará la diferencia entre PBU ACTUALIZADA conforme a lo dispuesto precedentemente y la PBU ORIGINARIA; 2) se dividirá ese valor por el HABER INICIAL TOTAL; 3) se multiplicará el resultado por 100 a fin de obtener el porcentaje correspondiente. En el supuesto en que dicho porcentaje supere el 15% corresponderá abonar la PBU reajustada ..."
7) "A las diferencias que eventualmente surjan a favor de la parte demandante, se aplicarán intereses ... conforme a la tasa pasiva promedio mensual que publica el Banco Central de la República Argentina ..."
8) "Con respecto al impuesto a las ganancias ... declarar exentas de dicha retención a las retroactividades que surjan en favor de la parte actora."
9) "Corresponde su admisión [la excepción de prescripción] con relación a los créditos originados con anterioridad a los dos años previos a la interposición del reclamo administrativo ... salvo que no hubieran transcurrido los dos años de plazo entre la resolución otorgante de la prestación y su primer reclamo de reajuste de haberes ..."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia en la sentencia.
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