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.................... S/ QUEJA

El imputado solicitó salidas transitorias y cambio a régimen abierto por acreditada conducta favorable. La Cámara de Casación rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación, entendiendo que no se acreditó arbitrariedad ni agravio federal que habilite el control casatorio.

Recurso de queja Inadmisibilidad Casacion Salidas transitorias Regimen abierto Doble instancia Arbitrariedad manifiesta Progresividad de la pena Ejecucion penal Camara de apelacion la matanza

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Nahuel Darío Ruiz, por intermedio de la Defensa Oficial. Demandado: Se impugna la resolución de la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal de La Matanza que confirmó la denegatoria del Juzgado de Ejecución Penal N° 3. Objeto: Se reclama la admisión del recurso de casación y, en subsidio, la concesión de salidas transitorias y del régimen abierto para el condenado. Decisión: La Cámara de Casación Penal, Sala V en Acuerdo Ordinario, rechazó la queja por inadmisibilidad del recurso de casación deducido por la defensa, con costas en esta instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "La regla del tercer párrafo del artículo 450 debe ser interpretada en tanto habilitación legal para que este Tribunal intervenga en aquellos casos en los que la alzada de garantías revoque la decisión de primera instancia, o bien en supuestos en los que -aun cuando exista el doble conforme
- se advierta un agravio de naturaleza federal, sea por discutirse el contenido y alcance de una norma constitucional o bien porque se presente una situación de arbitrariedad manifiesta, entendiendo por tal aquella que suponga una omisión o desacierto de gravedad extrema que descalifique el pronunciamiento como acto jurisdiccional (Fallos 250:348 entre muchos otros)." "Por otro lado, y respecto del régimen abierto, en cuanto a su procedencia cabe destacar que el recurso de Casación ha sido impetrado en los términos de los artículos 421 y 451 del C.P.P.; sin embargo, la resolución de la Sala II de la Cámara de Apelaciones y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial La Matanza, por la cual se confirmó el rechazo al cambio de régimen solicitado a favor de Nahuel Darío Ruiz, no encuadra en principio -tratándose de una cuestión reeditable en el tiempo-, en ninguno de los supuestos del artículo 450 del C.P.P. Sin embargo, su estrecha vinculación con el sistema progresivo que se encamina hacia la libertad del condenado, permite -excepcionalmente
- activar el control casatorio, cuando se presente una evidente situación de arbitrariedad o gravedad institucional." "Ahora bien, en el supuesto de autos, la garantía de la doble instancia se encuentra abastecida, pues tanto el Juzgado de Ejecución interviniente como la Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal departamental se expidieron en el mismo sentido frente al pedido de salidas transitorias y régimen abierto efectuado por la parte. A ello debe añadirse que no se advierte liminarmente, del análisis de los agravios traídos por la defensa, la existencia de un supuesto de arbitrariedad o gravedad institucional que active el control casatorio por ese carril."
- Votos: Los jueces Bouchoux y Violini votaron por la negativa a admitir la queja y por el rechazo de la misma, adhiriendo Violini al voto preopinante de Bouchoux.

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