OROÑO, BERNABE c/ ANSES s/ORDINARIO
El actor promovió demanda contra ANSES reclamando el reajuste del haber inicial jubilatorio conforme índices previos a abril de 1995. La Cámara Federal de Paraná hizo lugar parcialmente a la apelación, ordenó el reajuste del haber inicial según la pauta del precedente Tatasciore y declaró inconstitucional el art. 3 del DNU 157/2018 imponiendo las costas a ANSES.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Bernabé Oroño (parte actora).
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajuste del haber inicial jubilatorio y/o reajustes varios vinculados al cálculo del haber inicial.
Decisión: Se hace lugar parcialmente al recurso de apelación, se revoca parcialmente la sentencia de primera instancia y se dispone el reajuste del haber inicial conforme a las pautas fijadas por la Corte Suprema; se declara la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se imponen las costas de la instancia a ANSES; se regulan honorarios al letrado de la parte actora en 33% de lo que se le fije en primera instancia y firme.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"I
- Que, llegan estos actuados a conocimiento del Tribunal en virtud de lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en fecha 12/3/2026 que, en relación al recurso extraordinario interpuesto por la parte actora, consideró que la correcta inteligencia que cabe asignar al precedente “Tatasciore” citado por este Tribunal para resolver guarda relación con la necesidad de evitar el uso de coeficientes a los fines de la determinación del haber inicial y de resguardarlo mediante la estricta aplicación del índice del nivel general de las remuneraciones hasta abril de 1995 (conf. antecedente mencionado y causas CSJ 892/2007(43-G)/CS1 "Galíndez, Blanca c/ ANSeS s/ reajustes varios", y FPA 22000024/2011/CS1-CA1 "Villanueva, Apolinario c/ ANSeS s/ ordinario", sentencias del 27 de abril de 2010 y 29 de mayo de 2018, respectivamente)
En virtud de ello, declaró procedente el recurso extraordinario, revocó la sentencia oportunamente dictada por esta Cámara en lo que fuera materia de agravio y ordenó el dictado de un nuevo pronunciamiento con el alcance del precedente mencionado en el párrafo precedente."
"II
- a) Que, atento lo resuelto por la CSJN, debe señalarse que en relación al planteo de inconstitucionalidad del art. 49 de la ley 18037 sustentado por la parte actora al expresar agravios, nuestro Máximo Tribunal ha convalidado la aplicación de dicha norma en los precedentes “Recurso de Hecho TATASCIORE, Justino c/ Anses s/ reajustes varios”... en los que se ordenó “que el haber inicial de la jubilación se calcule mediante la estricta aplicación del índice del nivel general de las remuneraciones, hasta abril de 1995” (Cfr. fallos “Tatasciore y “Galindez” CSJN).
En consecuencia, cabe hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto por la parte actora, revocar parcialmente la sentencia de primera instancia y disponer el reajuste del haber inicial del accionante conforme las pautas expresadas en el párrafo precedente."
"III
- Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa “Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo” (FCR 2149166/2011, sentencia del 22/06/2023), corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia a la ANSES, conforme lo establecido en el art. 68, primer párrafo, del CPCCN."
- Votos: decisión por mayoría; la Dra. Beatriz Estela Aranguren votó y los Dres. Cintia Graciela Gomez y Mateo José Busaniche adhirieron al voto precedente.
- Otros datos relevantes: Fecha de la sentencia 30/07/2026; la Cámara regula honorarios al Dr. Álvaro Sebastián KISSER en 33% (art. 30 ley 27.423). Se tuvo presente la reserva del caso federal.
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