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CABRAL, MIRTA GRACIELA c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES

La actora demandó a ANSES por reajuste y movilidad de haberes previsionales. La Cámara Federal de Paraná rechazó la apelación de la actora, hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES declarando cosa juzgada respecto de la Prestación Básica Universal (PBU) y revocó el punto 3) de la sentencia de primera instancia.

Reajuste jubilatorio Pbu Cosa juzgada Acuerdo transaccional Ley 27.609 Dnu 157/2018 inconstitucional Quiroga Anses Prestacion compensatoria Honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Mirta Graciela Cabral, titular de un beneficio previsional de pensión derivada (régimen ley 24.241). Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSES). Objeto: Reajuste y movilidad de haberes previsionales (incluyendo impugnaciones a índices de movilidad — Ley 27.609— y reclamos sobre el recálculo de la Prestación Básica Universal, PBU; cuestionamiento de decretos y normas). Decisión: Se rechazó la apelación de la actora; se hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES declarando cosa juzgada respecto de la PBU y revocando el punto 3) de la sentencia de primera instancia; se confirmó lo demás de la sentencia; se declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018; se impusieron las costas en el orden causado; se regularon honorarios de la letrada de la actora en 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): 1) Sobre el acuerdo transaccional y su contenido relativo al recálculo del haber inicial: "En el mencionado acuerdo, punto III 1) A), se resolvió redeterminar el haber inicial del causante para lo cual dicho convenio fija que se '…procederá a actualizar las remuneraciones consideradas para el cálculo del salario promedio, hasta la fecha de adquisición del derecho, utilizando a tal fin el índice combinado establecido en el Anexo I de la Resolución de la Secretaría de Seguridad Social N° 6 de fecha 18 de julio de 2016, que contempla las siguientes variaciones: 1) Hasta el 31/03/95 del Índice Nivel General de las Remuneraciones (I.N.G.R.); 2) Desde ahí hasta el 30/06/08, del índice de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (R.I.P.T.E.); y 3) las establecidas en la normativa aplicable. Producto de dicha actualización, se recalculará la Prestación Compensatoria (PC) y/o la Prestación Adicional por Permanencia (PAP), según corresponda;…'." 2) Sobre la PBU y la reserva conforme Quiroga: "Que, en torno al reajuste de la PBU, debe señalarse, en primer lugar, que el artículo 20 de la ley 24.241 dispone un método independiente de cálculo del componente en relación a la PC y la PAP. En segundo término, cabe remarcar que la Corte Suprema de Justicia de la Nación resolvió en la causa 'Quiroga' que debe dejarse a resguardo el derecho del beneficiario de reclamar su ajuste al momento de la liquidación. Atento ello, no se observa un agravio serio, cierto y actual, sino que éste se presenta como hipotético y conjetural, dado que el reajuste en cuestión dependerá de si se acreditan los extremos de hecho necesarios para la procedencia de su reclamo, oportunidad en que la demandada podrá, eventualmente, formular su descargo al respecto. En consecuencia, se desestima el presente agravio." 3) Sobre la cosa juzgada y la decisión de la Cámara: "De la compulsa efectuada al expediente 'VALDEZ MARCOS CIRO c/ ANSES s/ACUERDO TRANSACCIONAL' Expte. FPA 1672/2017, se observa que, en fecha 6/3/2017 se homologa judicialmente el acuerdo transaccional celebrado entre la ANSES y el causante, respecto del beneficio N° 15076219310, del cual deriva la pensión de la actora.... En consecuencia, se declara la cosa juzgada respecto de la Prestación Báscia Universal y se revoca el punto 3) de la sentencia de primera instancia." 4) Sobre precedentes e inconstitucionalidad normativa: "Que, al abordar el recurso de apelación interpuesto por la actora, en relación al pedido de inconstitucionalidad vinculado al índice de movilidad establecido en la ley 27.609, debemos señalar que este Tribunal se expidió en los autos: 'PIÑOL, GERÓNIMO FELIPE CONTRA ANSES SOBRE REAJUSTES VARIOS' ... rechazando dicho planteo..."; y "Que, de conformidad con lo resuelto por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en la causa 'Morales, Blanca Azucena c/ ANSeS s/ impugnación de acto administrativo' ... corresponde declarar la inconstitucionalidad del art. 3º del DNU 157/2018, aplicar el art. 36 de la ley 27.423 y, en consecuencia, imponer las costas de la presente instancia en el orden causado..."
- Votos y disidencia: Fallo por mayoría. El voto del Dr. Mateo José Busaniche y la Dra. Cintia Graciela Gomez adhieren a declarar cosa juzgada respecto de la PBU (haciéndolo lugar parcialmente al recurso de ANSES); la Dra. Beatriz Estela Aranguren vota por la afirmativa en la primera cuestión y rechazó la apelación de la actora, confirmando la sentencia en lo demás. Existe una disidencia parcial señalada en el acuerdo.

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