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Incidente Nº 23 - DENUNCIADO: MIZZAU, GABRIEL Y OTRO s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)

Audiencia de control de la acusación por delitos contra la función pública y prevaricato con ofrecimiento y admisión masiva de pruebas. El tribunal homologó convenciones probatorias, admitió numerosos testimonios y documentos, dispuso oficiar a organismos por prueba informativa y mantuvo la prisión preventiva de Marcelo M. Bailaque hasta el 25 de julio.

Audiencia de control Convenciones probatorias Admision de prueba Testigos Prueba documental Prueba informativa Prision preventiva Extraccion forense Funcionarios publicos Cppf 289 / 165

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal (Dres. Gonzalo Ruggeri, Diego Iglesias, Juan Argibay Molina).
- A quién se demanda (Demandado / Imputado): Marcelo M. Bailaque; denunciados mencionados Gabriel Mizzau y otros.
- Qué se reclama (Objeto de la audiencia/incidente): Audiencia de control de acusación (art. 279 CPPF) por delitos de incumplimiento de los deberes de funcionario público, omisión de persecución y prevaricato (arts. 248, 274, 269, 45 y 54 CP). Ofrecimiento y discusión sobre admisibilidad de prueba testimonial, documental e informativa; homologación de convenciones probatorias; determinación de modalidad de declaraciones de funcionarios; organización probatoria para juicio de cesura; medidas cautelares (prisión preventiva). Decisión: Se homologaron las convenciones probatorias; se admitieron numerosos testigos ofrecidos por la fiscalía y por la defensa; se admitieron diversas piezas documentales (especificadas en el acta, p. ej. puntos 2.4., 2.6., 2.7., 2.9., 2.10., 2.15., 2.42. etc.); Gabriel Mizzau declarará sin obligación de juramento; se otorgó 10 días hábiles para recabar información peticionada por la defensa mediante oficios por la Oficina Judicial; se dejó a cargo del tribunal de juicio la extracción forense del celular de Bailaque; se hizo lugar a los testimonios ofrecidos para el juicio de cesura; se mantuvo la prisión preventiva de Bailaque hasta el 25/07 o hasta tanto se celebren las audiencias de control; el fisc. Iglesias formuló apelación.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "00:07 alude a las convenciones probatorias arribadas por las partes y procede a su homologación." "00:09 resuelve sobre la incorporación del testigo Gabriel Mizzau, quien declarará sin la obligación de hacerlo bajo juramento de decir verdad." "00:24 rechaza el planteo de inconstitucionalidad e inconvencionalidad efectuado por la defensa sobre el referido artículo." "00:48 hace saber que será el tribunal de juicio quien deba resolver sobre la eventual extracción forense del teléfono celular de Marcelo Bailaque." "01:08 otorga un plazo de 10 (diez) días hábiles para recabar la información peticionada. Indica que el diligenciamiento de la prueba informativa será por intermedio de la Oficina Judicial." "01:14 resuelve sobre la prueba ofrecida para el juicio de cesura: hace lugar a todos los testimonios ofrecidos por ambas partes." "01:19 Juez Dr. Pineda: mantiene vigente las cautelares hasta la fecha referida." "01:19 Fiscal Dr. Iglesias: hace las reservas correspondientes e informa que va a apelar."
- Votos en disidencia: No constan votos en disidencia en el acta; decisión unipersonal del Dr. Pineda.

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