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Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: KELLY PARRA, KEVIN JORGE s/INFRACCION LEY 23.737

El imputado fue sometido a juicio abreviado por tenencia simple de estupefacientes y se pactaron penas condicionales y reglas de conducta. El Tribunal homologó el acuerdo, condenó a tres años de prisión de ejecución condicional, impuso multa de $200 y reglas de conducta por igual término, y ordenó medidas sobre caución, inhibiciones y destrucción de elementos secuestrados.

Juicio abreviado Tenencia simple Ley 23.737 Condena condicional Multa $200 Reglas de conducta Destruccion de elementos Levantamiento de inhibicion Ejecucion penal Ministerio publico fiscal

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal, representada por la Auxiliar Fiscal Dra. Magdalena Borgonovo. Demandado: Kevin Jorge Kelly Parra (imputado). Objeto: Homologación de acuerdo de juicio abreviado en causa por infracción a la ley 23.737 (tenencia simple de estupefacientes). Decisión: Se homologó el acuerdo de juicio abreviado y se dictó sentencia condenatoria conforme al acuerdo celebrado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales): "Con base en los fundamentos expresados previamente en esta audiencia, todo lo cual queda registrado en audio y video, el señor presidente dicta la sentencia n° 73/26, y RESUELVE: I.
- HOMOLOGAR el acuerdo de juicio abreviado presentado en los términos del art. 431 bis del CPPN. II.
- CONDENAR a KEVIN JORGE KELLY PARRA, DNI N° 43.842.799, como autor penalmente responsable del delito de tenencia simple de estupefacientes, a las penas de tres (3) años de prisión de ejecución condicional, multa de $200 y al pago de las costas del proceso (arts. 14 primer párrafo de la ley 23.737, 21, 26, 29 inc. 3, 40, 41 y 45 del CP, 403, 530 y 531 del CPPN). III.
- IMPONERLE a Kevin Jorge Kelly Para el cumplimiento, por igual término al de su condena, de las siguientes reglas de conducta: a) fijar domicilio; b) la obligación de comunicar al tribunal todo cambio de domicilio; c) someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal jurisdicción Rosario; d) abstenerse de usar estupefacientes, de abusar de bebidas alcohólicas, y de vincularse con personas que trafiquen esas sustancias; e) y la obligación de comunicar a la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal jurisdicción Rosario en caso de salida del país (art. 27 bis del CP). IV.
- DISPONER la devolución de la caución real, previo descuento de la multa y de las costas... V.
- DISPONER el levantamiento de la inhibición general de bienes que pesa sobre el nombrado... VII.
- DISPONER la destrucción de los elementos secuestrados y que se encuentran bajo custodia de este tribunal (art. 30 de la ley 23737). VIII.
- DAR intervención al señor juez de ejecución penal de este tribunal (art. 490 del CPPN). IX.
- COMUNICAR lo aquí resuelto al Registro Nacional de Reincidencia."
- Otros datos relevantes: Fecha de la audiencia y sentencia: 28/07/2026. Multa impuesta: $200. Cáución: devolución previa retención por multa y costas; CBU aportado 0720447488000000866622 (titular Kevin Jorge Kelly Parra). Renuncia de las partes a los plazos para la firmeza de la sentencia.

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