Principal en Tribunal Oral TO01 - IMPUTADO: ROLDAN, JUAN MARCELO s/INFRACCION LEY 23.737
Se solicitó la suspensión del juicio a prueba a favor del imputado Juan Marcelo Roldán por el plazo de un año. La Cámara (Tribunal Federal de Juicio N°3) hizo lugar a la suspensión del juicio a prueba imponiendo obligaciones de donación mensual, tareas comunitarias, pago de multa mínima y controles, con apercibimiento de revocación por incumplimiento.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Ministerio Público Fiscal (representada por la Auxiliar Fiscal Dra. María Magdalena Borgonovo), que prestó conformidad para el otorgamiento del beneficio.
Demandado: Imputado Juan Marcelo Roldán, DNI 31.437.858.
Objeto: Solicitud de aplicación del beneficio de suspensión del juicio a prueba (art. 27 bis, 76 bis y 76 ter del Código Penal) por el plazo de un (1) año, ofrecimiento de reparación y cumplimiento de reglas de conducta.
Decisión: Disponer la suspensión del juicio a prueba por un (1) año a favor de Juan Marcelo Roldán, con reglas y obligaciones a cumplir (donación mensual de $30.000 a la Escuela 2096, tareas comunitarias tres horas semanales en Cooperativa “Los Milagros”, pago de la multa mínima por $11,25, fijar domicilio, someterse a control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal jurisdicción Rosario, y abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas). Se ordenó acompañar bimestralmente comprobantes y comunicar al Registro Nacional de Reincidencia y a la secretaría de ejecución penal.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, en el lenguaje original):
"Seguidamente, toma la palabra el doctor Ruiz, manifiesta que se dan los requisitos que hacen procedente la posibilidad de aplicar el beneficio de la suspensión del juicio a prueba que otorga la ley penal por el plazo de un año, en favor de su defendido. Precisa que su defendido ofrece como reparación la donación mensual de $30.000 a la Escuela 2096 (Instituto Integral de Estimulación Temprana) de la ciudad de Rosario, y a realizar tareas comunitarias, tres horas semanales, en la Cooperativa “Los Milagros” de la ciudad de Rosario.
A su turno, la representante del Ministerio Público Fiscal presta su conformidad para el otorgamiento del beneficio de la suspensión de juicio a prueba en favor del imputado Roldán. Oídas las partes, con base en los fundamentos expresados previamente, el señor juez resuelve: DISPONER la SUSPENSIÓN DEL JUICIO A PRUEBA en favor de Juan Marcelo Roldán (DNI 31.437.858), por el término de un (1) año, disponiéndose que por dicho plazo el nombrado deberá: 1) donar mensualmente $30.000 a la Escuela 2096 (Instituto Integral de Estimulación Temprana) de la ciudad de Rosario; 2) realizar tareas comunitarias, tres horas semanales, en la Cooperativa “Los Milagros” de la ciudad de Rosario; debiéndose acompañar bimestralmente los comprobantes que acrediten el cumplimiento de las respectivas tareas y donaciones; 3) abonar el mínimo del monto de la multa que asciende a la suma de $11,25; 4) fijar domicilio e informar cualquier cambio del mismo; 5) someterse al control de la Dirección de Control y Asistencia de Ejecución Penal jurisdicción Rosario; 6) y abstenerse de consumir estupefacientes y abusar de bebidas alcohólicas. Todo ello de conformidad con lo normado por los arts. 27 bis, 76 bis y 76 ter del Código Penal; bajo apercibimiento de revocarse la suspensión otorgada en caso de incumplimiento de las reglas impuestas precedentemente."
- Votos en disidencia: No se registran votos en disidencia.
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