Legajo Nº 2 - QUERELLANTE: RAMALLO, MARTA ADELINA IMPUTADO: BENITEZ, CELIA ANDREZA s/LEGAJO DE CONTROL
Control de prórroga de prisión preventiva solicitada respecto de Celia Andreza Benítez. La Cámara Federal de Casación Penal tomó nota de la prórroga por seis meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, a partir de su vencimiento, conforme al art. 1º de la ley 24.390 (texto según ley 25.430).
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Tribunal Oral en lo Criminal Federal de La Plata N° 2 (solicitante de la prórroga consignada en el legajo).
Demandado: Celia Andreza Benítez (sujeta a la prórroga de prisión preventiva).
Objeto: Control y toma de nota de la prórroga de la prisión preventiva por seis (6) meses dispuesta respecto de la imputada.
Decisión: La Cámara Federal de Casación Penal, Sala de Feria, habilitó la feria y tomó nota de la prórroga de la prisión preventiva por seis (6) meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento, conforme al art. 1º de la ley 24.390, texto según ley 25.430.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Texto del tribunal oral que motiva la prórroga (citado en el auto):
“PRORROGAR LA PRISIÓN PREVENTIVA DE CELIA ANDREZA BENÍTEZ, por el término de seis (6) meses, a partir del 1ro de agosto del año en curso o hasta la finalización del juicio, lo que ocurra primero (art. 1 y 3 de la ley 24.390, modificada por la ley 25.430; art. 210 y consiguientes del C.P.P. F, por contario)”
2) Consideración y resolución de la Cámara:
“En atención a los fundamentos dados por el tribunal oral, entendemos que corresponde tomar nota de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Celia Andreza Benítez, por el término de seis (6) meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento (art. 1º de la ley 24.390, texto según ley 25.430).”
3) Resolución dispositiva:
“I. HABILITAR la feria judicial para resolver el presente legajo.
II. TOMAR NOTA de la prórroga de la prisión preventiva dispuesta respecto de Celia Andreza Benítez, por el término de seis (6) meses o hasta la finalización de la audiencia de debate y dictado de la sentencia, lo que ocurra primero, a partir de su vencimiento (art. 1º de la ley 24.390, texto según ley 25.430).”
Fechas relevantes: Resolución de la Cámara de Casación Penal de fecha 30 de julio de 2026; prórroga del tribunal oral vigente a partir del 1 de agosto de 2026 por seis meses.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: