Incidente Nº 1 - ACTOR: CASTILLO, HUGO ELIO DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA
El actor promovió ejecución de sentencia previsional por reajustes de haberes contra ANSeS. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla, rechazó las excepciones, ordenó la ejecución y confirmó la regulación de honorarios y la imposición de costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Castillo, Hugo Elio.
Demandado: ANSeS.
Objeto: Ejecución de sentencia por reajustes varios (reajustes de haberes, planilla practicada).
Decisión: Se confirmó la sentencia apelada en cuanto fue materia de agravios: se aprobó la planilla practicada, se rechazaron las excepciones, se ordenó la ejecución, se impusieron las costas a la demandada y se confirmó la regulación de honorarios (incluidos perito y letrado). Además se regularon los honorarios de la Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
1) "Liminarmente, en relación a la solicitud de declaración de nulidad de la sentencia en crisis por la grave indefensión sufrida atento la falta de tratamiento a las impugnaciones formuladas a la planilla, corresponde su rechazo porque el pedido resulta carente de suficiente sustento puesto que no le impidió explayarse sobre los argumentos que estimó adecuados para su defensa ante esta instancia jurisdiccional. Además, lo afirmado por la demandada en pos de la nulidad podría salvarse vía el recurso de apelación también mantenido, puesto que la Alzada tiene plena jurisdicción para dirimir ello."
2) "Las demás planteos efectuados por la ANSeS, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en la causa N° FRO 56551/2017/1/CA2 ... a cuyas consideraciones me remito, en lo pertinente, por razón de brevedad..."
3) Sobre costas y honorarios: "Las costas de esta instancia, se imponen a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)." y "En relación a la regulación efectuada a quién practicó la pericial contable ... el monto de los honorarios a regular no podrá ser inferior al cinco por ciento (5%) ni superior al diez por ciento (10%) del monto del proceso (art. 21, cuarto párrafo). Revisada la regulación, aplicando los porcentajes legales, así como la reducción del art. 41, se advierte que la suma establecida se encuentra entre los porcentajes arancelarios y es adecuada, razón por la cual corresponde su confirmación."
4) Resolución final textual: "I) Confirmar la sentencia apelada, en cuanto fue materia de agravios. II) Confirmar la regulación de honorarios correspondientes a la representación de la parte la actora y de quién practicó la pericial contable. III) Regular los honorarios de los profesionales actuantes en esta alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia. IV) Imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida (art. 36 de la ley 27.423)."
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