ALBORNOZ, ARNALDO GALO c/ INSSJP - PAMI s/PRESTACIONES MEDICAS
El actor promovió acción de amparo contra PAMI solicitando cobertura total e integral del medicamento Aflibercept para su maculopatía exudativa bilateral crónica. La Cámara Federal de Mendoza confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al amparo, por considerar acreditada la patología, la prescripción médica y la necesidad del tratamiento bilateral mensual, y por prevalecer la indicación del médico tratante.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Arnaldo Galo Albornoz (DNI 4.985.250), afiliado a PAMI n.º 15063297700000.
Demandado: Instituto Nacional de Servicios Sociales para Jubilados y Pensionados (PAMI).
Objeto: Cobertura total e integral (100%) del tratamiento con Aflibercept (Eylia) 40 mg/ml vial x1, una inyección mensual por cada ojo, conforme prescripción médica, por maculopatía exudativa bilateral crónica; y costas y regulación de honorarios.
Decisión: Se confirmó la sentencia de fecha 08/04/2026 que hizo lugar al amparo, condenó a PAMI a otorgar la cobertura total e integral del medicamento según prescripción, impuso costas a la demandada y reguló honorarios en primera instancia y en la alzada (30% de lo regulado en primera instancia).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Vale resaltar, ante todo, que, en nuestro ordenamiento jurídico vigente, el derecho a la salud posee consagración constitucional (art. 42, Constitución Nacional; art. 12 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, ratificado por ley 23.313, en razón de que tales normas internacionales gozan de jerarquía superior a las leyes internas, según el art. 75 inc. 22 de la Carta Magna), por lo que la sola posibilidad de que se produzca un agravamiento o abandono de la salud de un habitante justifica atender a los términos de la pretensión a fin de garantizar tal protección."
"Tengo por acreditado, conforme las constancias obrantes en la causa, que el amparista Sr. ARNALDO GALO, ALBORNOZ, DNI 4.985.250 de 76 años, es afiliado a PAMI n°15063297700000. Asimismo, que padece desde hace aproximadamente 5 años maculopatía exudativa bilateral crónica en tratamiento con inyecciones de anticariogénicos intravítreos desde 2020, y necesita inyecciones mensuales con controles, conforme lo indica el Dr. Hernán Grass (07/03/2024). Asimismo, se encuentra agregado en autos prescripción médica de fecha 06/05/2025 del Dr. Federico Aghem Botella, médico oftalmólogo (MP 11735 MN 169512) dando cuenta de la patología del actor, del tratamiento efectuado y de la buena respuesta mensual al mismo; requiriendo dar continuidad con 'Aflibercept' intravítreo bilateral, para mejorar y preservar su visión."
"Lo que se encuentra controvertido entonces, es el régimen de administración del tratamiento que ha prescripto su médico... Respecto a este agravio, debe descartarse, dado que el profesional médico a cargo del paciente, ha determinado como la opción viable para salvaguardar la salud del amparista y lo ha justificado con toda la prueba reseñada, la aplicación de la medicación en los dos ojos simultáneamente y en forma mensual. Así, corresponde dar prevalencia, al criterio del médico tratante frente a la opinión de la demandada respecto al tratamiento a seguir, ya que fue aquél quien tuvo contacto directo con su paciente, evaluándolo y, en consecuencia, concluyendo con su diagnóstico científico."
- Votos: Sentencia unánime (los Dres. Pizarro, Pérez Curci y Castiñeira de Dios adhirieron al voto que confirma).
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