GOMEZ, RODOLFO ANGEL c/ ANSES s/REAJUSTES POR MOVILIDAD
El actor promovió acción contra ANSES solicitando reajustes por movilidad y diferencias retroactivas de haberes previsionales. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba revocó parcialmente la sentencia de primera instancia y ordenó la reformulación de la planilla de liquidación por perito contador oficial, confirmando en lo demás la decisión sobre impuesto a las ganancias y las costas.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Rodolfo Ángel Gómez.
Demandado: ANSES.
Objeto: Reajustes por movilidad, diferencias económicas retroactivas y fijación/actualización de haber previsional (incluida la PBU).
Decisión: Se revocó parcialmente la sentencia de grado para ordenar la reformulación de la planilla de liquidación por perito contador oficial conforme las observaciones de la Cámara; se confirmó la postura respecto de la retención del Impuesto a las Ganancias y se impusieron las costas en el orden causado, dejando sin efecto la regulación de honorarios practicada en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes en el lenguaje original del tribunal):
"Atento a lo dicho precedentemente, y conforme se desprende que la planilla aprobada por el Juez de grado no contempla las pautas dispuestas en la sentencia que se ejecuta. Por lo tanto, teniendo presente lo expuesto como así también que las resoluciones sobre planillas de liquidación no causan estado y sobre la base de garantizar la tutela judicial efectiva que -como se sabe
- no agota su contenido en que el interesado tenga acceso a los Tribunales de Justicia, sino que comprende además el cumplimiento de lo mandado por el Juez y la seguridad jurídica, es que corresponde revocar la sentencia impugnada y en consecuencia, disponer que el Inferior ordene reformular la planilla de liquidación, la que deberá ser efectuada por el perito contador oficial oportunamente designado, teniendo presente las observaciones aquí indicadas."
"En relación con la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) mediante aplicación del precedente 'Quiroga, Carlos Alberto' de la C.S.J.N., corresponde efectuar las siguientes consideraciones. Del estudio de la planilla aprobada en autos se verifica que, para el recálculo de dicho componente, se utilizó el índice I.S.B.I.C. hasta el mensual 02/2009 y, luego, aumentos porcentuales de la A.N.Se.S. por movilidad hasta el 31/12/2019, aplicándose desde allí el índice R.I.P.T.E. No obstante ello, la sentencia de Cámara de fecha 08/09/2020 dispuso que, atento a que el actor adquirió el beneficio previsional con fecha 08/03/2012 — encontrándose vigente la Ley 26.417—, para la determinación de la PBU 'deberá estarse a los lineamientos brindados en la citada ley'. En consecuencia, la metodología aplicada en la planilla aprobada no se ajusta a las pautas fijadas por esta Alzada, en tanto procede a recalcular el componente PBU mediante la actualización del MOPRE utilizando el índice I.S.B.I.C., apartándose así del mecanismo específicamente indicado en la sentencia que se ejecuta."
"En relación con la retención del Impuesto a las Ganancias conforme la Ley N° 20.628, este Tribunal ya ha dejado sentada su postura en reiteradas oportunidades ... Por lo tanto, el recurso de apelación en este punto no puede prosperar."
- No constan votos en disidencia relevantes en el pronunciamiento.
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