BOSCATTO, WALTER ALFREDO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)
El actor promovió acción contra ANSES solicitando retiro por invalidez conforme art. 49 p.4 Ley 24.241 alegando incapacidad. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central al fijar la incapacidad en 49,89% y entender que no reúne los requisitos del art. 48 de la Ley 24.241.
Actor: Walter Alfredo Boscatto. Demandado: ANSES. Objeto: Obtención de jubilación por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241 / requisito del art. 48 Ley 24.241). Decisión: Se fijó la incapacidad del actor en 49,89% y se confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central que concluyó que el actor no reúne los requisitos del inciso a) del art. 48 de la Ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez. Se impusieron las costas de Alzada por el orden causado y se difirió la regulación de honorarios.
¿Cuáles son los fundamentos principales?
- Transcripción de los párrafos relevantes (texto original del fallo):
"I.
- Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Walter Alfredo Boscatto desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Limitación funcional de miembro inferior derecho (24,3%); Limitación funcional de miembro inferior izquierdo (9,81%); Neurosis depresiva grado II (6,59%); Hipertensión arterial estadio II (2,97%); y Limitación funcional de columna dorso lumbar (1,69%).
Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 45,35% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (2,27%) y el nivel educativo (2,27%) arroja un total de incapacidad del 49,89%."
"II.
- Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 49,89% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606."
- Citas textuales importantes: “corresponde fijar la incapacidad del actor en el 49,89%”; “confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241”.
- Disposición sobre costas: "las costas de esta Alzada se impondrán por el orden causado (conforme artículo 36 de la Ley N° 27.423), difiriéndose la regulación de honorarios que corresponda para su oportunidad."
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