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GOMEZ, OMAR ANTONIO c/ ANSES s/RETIRO POR INVALIDEZ (ART 49 P.4. LEY 24,241)

El actor solicitó retiro por invalidez conforme art. 49 párr. 4 Ley 24.241 por patologías cardiovasculares y diabetes. La Cámara Federal de Apelaciones de Córdoba confirmó el dictamen de la Comisión Médica Central y fijó la incapacidad en 54,29%, concluyendo que no reúne los requisitos del inciso a) del art. 48 de la Ley 24.241.

Retiro por invalidez Ley 24.241 Comision medica central Cuerpo medico forense Incapacidad 54 29% Cardiopatia coronaria Diabetes mellitus tipo 2 Art. 48 inc. a Costas por el orden causado Reapertura ley 20.606.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Omar Antonio Gómez. Demandado: ANSES. Objeto: Otorgamiento de retiro por invalidez (art. 49 p.4 Ley 24.241). Decisión: Confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central que consideró que el actor no reúne los requisitos del inciso a) del art. 48 de la Ley 24.241 para acceder a la jubilación por invalidez; fijar la incapacidad en 54,29%; imponer costas de Alzada por el orden causado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal): "I.
- Conferida vista al Cuerpo Médico Forense para que estime el grado de incapacidad en la que está afectado el señor Omar Antonio Gómez desde el punto de vista previsional, el facultativo informa que las patologías son: Cardiopatía coronaria estadio III (45%); y Diabetes Mellitus tipo 2, estadio II (5,5%). Las mencionadas patologías le provocan al accionante una incapacidad a los fines previsionales del 50,50% de la total obrera, la cual, sumada a los porcentajes atribuidos a los factores complementarios, comprendidos por la edad (-) y el nivel educativo (3,79%) arroja un total de incapacidad del 54,29%." "II.
- Por lo expuesto, no existiendo elementos de juicio que desvirtúen las fundadas conclusiones del informe médico donde el profesional interviniente ha evaluado los factores complementarios como la edad y el nivel de educación y en atención a lo dispuesto por el art. 48 de la ley 24.241 y lo decidido por la C.S.J.N. en autos: 'Sosa Raúl c/ ANSeS s/ Retiro por Invalidez', del 26 de diciembre de 2017 (Fallos: 340:2021) corresponde fijar la incapacidad del actor en el 54,29% y confirmar el dictamen de la Comisión Médica Central, en cuanto estableció que el actor no reúne los requisitos exigidos por el inc. a del art. 48 de la ley 24.241 para obtener el beneficio de retiro por invalidez; debiendo tenerse en cuenta el porcentaje de incapacidad establecido por el Cuerpo Médico Forense, sin perjuicio de la posible reapertura del proceso en el supuesto de que la recurrente aportara nuevos elementos de juicio en los términos de la Ley 20.606." "III.
- En relación a las costas de esta Alzada, corresponde remitirse a los precedentes ... En las citadas causas se explicitaron las razones por las cuales las costas de esta instancia se impondrán por el orden causado. En su mérito, las costas de esta instancia se impondrán por su orden (conforme artículo 36 de la Ley N° 27.423), difiriéndose la regulación de honorarios que corresponda para su oportunidad."
- Votos en disidencia: No se consignan votos en disidencia en la resolución de mayoría.

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