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ARCA c/ FRUTA NUEVA S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

El actor promovió ejecución fiscal contra FRUTA NUEVA S.A.S. por $6.617.966,03. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para proceder y ordenó medidas complementarias como inhibición general de bienes e imputación de fondos según corresponda.

Ejecucion fiscal Afip Inhibicion general de bienes Embargo bancario Costas Liquidacion de deuda Art. 92 ley 11.683 Imputacion de fondos Fruta nueva s.a.s. $6.617.966 03

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARCA (Ex A.F.I.P.) Demandado: FRUTA NUEVA S.A.S. Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $6.617.966,03 más intereses legales, conforme boleta de deuda agregada. Decisión: Se declaró expedita la ejecución contra FRUTA NUEVA S.A.S., habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevarla adelante hasta el pago íntegro del capital y sus intereses; se impusieron costas a la demandada; se autorizó la inhibición general de bienes en caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario; se ordenó la imputación de fondos en caso de resultar positivo el embargo; se fijaron plazos y modalidades para las diligencias.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Las presentes actuaciones caratuladas “ARCA c/ FRUTA NUEVA S.A.S. s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)”, Expediente Nº20772/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de FRUTA NUEVA S.A.S. por la suma de $6617966.03 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos." "I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..." "RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a FRUTA NUEVA S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $6617966.03, con más sus intereses legales." "II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN). Los honorarios correspondientes al letrado/a interviniente deberán estimarse administrativamente según lo previsto por el art. 92 de la Ley 11.683 y sus modificatorias..."
- Montos/fechas relevantes: Capital reclamado $6.617.966,03; fecha de firma de la resolución 29/07/2026; plazo de cinco (05) días para impugnar la liquidación ante el Tribunal.

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