ARCA c/ FREEKICK S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)
ARCA promovió ejecución fiscal contra FREEKICK S.A.S. por $8.775.140,61 en concepto de deuda fiscal. El Juzgado declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP para llevarla adelante, ordenó costas a la demandada e impuso medidas precautorias como inhibición general de bienes y embargo bancario según corresponda.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: ARCA (ex A.F.I.P.).
Demandado: FREEKICK S.A.S.
Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $8.775.140,61 según la boleta de deuda agregada en autos, más accesorios e intereses legales.
Decisión: Se declaró expedita la ejecución contra FREEKICK S.A.S., habilitándose a la AFIP para proceder hasta obtener el íntegro pago del capital adeudado con más intereses; se impusieron las costas a la demandada; se autorizaron y regulan las medidas de inhibición general de bienes y el procedimiento para imputación de fondos en caso de resultar positivo el embargo bancario; se ordenó la notificación de la liquidación para su eventual impugnación en cinco días hábiles.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original):
"I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones).
Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado."
"II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante, quedando a su cargo el libramiento de los oficios, los que una vez diligenciados deberán ser digitalizados y acompañados al expediente en el plazo de cinco días, bajo apercibimiento de ley (conf. art. 92 de la Ley 11.683 y sus modif.)."
"I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a FREEKICK S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $8775140.61, con más sus intereses legales."
(No existen votos en disidencia en el expediente.)
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