GALARZA, MARTIN c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS
El actor promovió demanda contra ANSeS solicitando el pago de haberes recalculados y diferencias retroactivas por reajustes previsionales. La Cámara Federal de Rosario confirmó en lo sustancial la sentencia que hizo lugar a la demanda, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018 y confirmó la aplicación de costas a la demandada.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GALARZA, MARTIN.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Pago del haber recalculado y diferencias retroactivas por reajustes previsionales; impugnación de normas (art. 2 ley 27.426 y art. 3 DNU 157/2018) y cuestión tributaria relativa al impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
Decisión: La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda (ordenó pago del haber recalculado y diferencias retroactivas), revocó la parte de la sentencia que había declarado la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018, confirmó la imposición de costas a la demandada en la instancia de origen y la impuso también en esta instancia a la demandada sustancialmente vencida; reguló honorarios de alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Vinieron los autos a esta alzada a fin de resolver el recurso de apelación y conjunta nulidad interpuesto por la demandada contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social, que proceda al pago del haber recalculado y diferencias retroactivas. Declaró la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426. Impuso las costas a la demandada conforme el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'MORALES'..."
"…corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
"Sobre la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias respecto de las sumas que se liquiden en concepto de retroactivos derivados de reajustes de haberes previsionales, entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios'... donde se resolvió que los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas, de conformidad con las disposiciones de la ley 20.628 (Considerando 3)."
"En relación al agravio sobre las costas, este habrá de rechazarse por cuanto la jueza a quo aplicó el fallo 'Morales' de la CSJN y siendo que se hizo lugar sustancialmente a la demanda cursada por la actora no existe razón alguna para apartarse del criterio general de la derrota, por lo que cabe confirmar la imposición hecha."
"…corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada sustancialmente vencida conforme lo establecido por el artículo 36 de la ley 27.423."
(Votos: Dra. Élida I. Vidal —voto principal—; Dra. Silvina Andalaf Casiello —adhesión con fundamento en la obligatoriedad de la doctrina de la CSJN y conclusión exonerativa respecto del impuesto a las ganancias—; Dr. Aníbal Pineda —adhesión a la solución propuesta—.)
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