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SCHEIDEGGER, FEDERICO LUIS c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor demandó a la ANSeS solicitando la recalculación de su haber y el pago de diferencias retroactivas. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar al reclamo, aplicando la doctrina de la CSJN en “Makler, Simón” y declarando la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018 para imponer costas a la demandada.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Scheidegger, Federico Luis. Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS). Objeto: Recalculo del haber previsional y pago de diferencias retroactivas por reajustes varios; reliquidación del beneficio en base a norma invocada por el actor. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda, ordenando a ANSeS proceder al pago del haber recalculado y de las diferencias retroactivas; se impusieron las costas de la instancia a la demandada conforme al artículo 36 de la ley 27.423; se declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo, lenguaje original preservado): "Vinieron los autos a esta alzada a fin de resolver el recurso de apelación y conjunta nulidad interpuesto por la demandada contra la sentencia de primera instancia, que hizo lugar a la demanda, ordenó a la Administración Nacional de la Seguridad Social, que proceda al pago del haber recalculado y diferencias retroactivas. Impuso las costas a la demandada conforme el criterio sentado por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en los autos 'MORALES' considerando que la validez y vigencia del art. 36 de la ley 27.423; supone una derogación tácita de lo dispuesto en el art. 21 de la ley 24.463..." "2°) Corresponde analizar el cuestionamiento referido a la arbitrariedad de la sentencia apelada. En tal sentido, advertimos que no presenta el vicio que señaló la recurrente, en tanto cumple con las exigencias del artículo 163 del CPCCN, expresa el razonamiento seguido por el juez, con base en las pruebas acompañadas y en los argumentos que enumera y analiza para dar sostén a la decisión a que se arriba; por lo que en tales términos resulta válida." "3°) Las circunstancias particulares del actor, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala, en la causa N° FRO 23011388/2010 caratulada 'GONZALEZ, Natividad c/ ANSES s/ Reajuste por Movilidad', del 16 de junio de 2015... En consecuencia con lo allí establecido, corresponde rechazar los planteos efectuados y aplicar la doctrina establecida por la CSJN en autos 'Makler, Simón'." "5°) En cuanto a las costas de esta instancia, atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos Morales, Blanca Azucena' (Fallos: 346:634), mediante sentencia del 22 de junio de 2023, corresponde declarar de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del decreto de necesidad y urgencia N° 157/2018 e imponer las costas de esta instancia a la demandada vencida conforme lo establecido el artículo 36 de la ley 27.423."
- Votos en disidencia: No participan votos en disidencia relevantes; vencimiento/ausencia del Dr. Fernando Lorenzo Barbará consignada por cese en funciones.

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