BARTOLINI, ALBERTO ANTONIO c/ ANSES s/REAJUSTE DE HABERES
El actor promovió demanda contra ANSeS por reajuste de haberes y pago de diferencias retroactivas, solicitando además declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426. La Cámara Federal de Rosario confirmó en lo esencial la sentencia de primera instancia, ordenó el pago de los haberes recalculados y retroactivos, declaró la inconstitucionalidad del art. 3 del DNU 157/2018, revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y declaró la inaplicabilidad del impuesto a las ganancias sobre los retroactivos.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: BARTOLINI, ALBERTO ANTONIO.
Demandado: Administración Nacional de la Seguridad Social (ANSeS).
Objeto: Reajustes de haberes previsionales, pago del haber recalculado y diferencias retroactivas; declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426; tratamiento del impuesto a las ganancias y demás cuestiones accesorios (PBU, topes legales).
Decisión: La Cámara confirmó parcialmente la sentencia de primera instancia que hizo lugar a la demanda y ordenó el pago del haber recalculado y las diferencias retroactivas; revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426; declaró de oficio la inconstitucionalidad del artículo 3 del DNU 157/2018; declaró que los retroactivos no están alcanzados por el impuesto a las ganancias; impuso las costas de la alzada a la demandada y reguló honorarios de la alzada en el 30% de lo que se fije en primera instancia.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes y citas textuales):
- Sobre cómputo de servicios: "…dicha doctrina es concordante con el mecanismo descripto en el art. 24 inc. b) de la ley 24.241 – aplicable al caso-, el que en su parte final dispone que '…se computará todo el tiempo con aportes computados en cada una de las categorías…'."
- Sobre la revocación de la inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426: "…atento lo resuelto por la C.S.J.N. en los autos 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos' … y en el entendimiento que debemos conformar nuestras decisiones a la jurisprudencia de nuestro máximo tribunal de justicia de la nación…, corresponde modificar la postura sostenida en los fallos mencionados y revocar la sentencia apelada en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2° de la 27.426."
- Sobre impuesto a las ganancias: "…entiendo que así debe declararse, atento la extensión del criterio exonerativo de la carga tributaria, dispuesta por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en las causas 'GARCIA, Marta Susana c/ ANSeS s/ Reajustes Varios' y 'DATTORE, Manuel Víctor s/ ANSeS s/ Reajustes Varios'…", y se concluye que "los retroactivos adeudados por la Administración Nacional de la Seguridad Social por reajustes ordenados en sentencias judiciales no resultan ser ganancias gravadas".
- Sobre costas: se aplica el criterio de la CSJN en "MORALES, Blanca Azucena..." y se cita el texto del artículo 36 de la ley 27.423: "En las causas de seguridad social … Las costas se impondrán de acuerdo a lo normado por el Código Procesal Civil y Comercial de la Nación, en la parte general, libro I, título II, capítulo V, con excepción de aquellos casos en que los jubilados, pensionados, afiliados o sus causahabientes resultaren vencidos, en cuyo caso se impondrán las costas en el orden causado".
- Votos: La decisión se resolvió por mayoría; las Dres. Vidal y Andalaf Casiello votaron en los términos expuestos y el Dr. Pineda adhirió en lo esencial y fundamentó su posición remitiéndose a precedente interno sobre impuesto a las ganancias.
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: