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BARRERA, SANTIAGO ROBERTO c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

El actor reclamó reajustes por movilidad de haberes previsionales derivados de la ley 24.241 y sucesivas modificaciones. La Cámara Federal de Mendoza hizo lugar parcialmente al recurso de ANSES para declarar constitucional el art. 2 de la ley 27.426 y confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia que ordenó recalcular y reajustar el haber aplicando el IPC hasta la vigencia del D 274/2024.

Movilidad jubilatoria Ipc Ley 27.609 Ley 27.426 No regresividad Anses Decreto 274/2024 Constitucionalidad Tasa pasiva bcra Liquidacion previsional

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Santiago Roberto Barrera (actor/jubilado). Demandado: ANSES. Objeto: Reajustes varios y movilidad de haberes previsionales (liquidación de haberes y actualización por movilidad en períodos regidos por leyes 27.426, 27.541 y 27.609 y su empalme). Decisión: Se confirmó en lo principal la sentencia de primera instancia que ordenó a ANSES practicar la liquidación y recalculo de haberes tomando, para el período de vigencia de la ley 27.609, el Índice de Precios al Consumidor (IPC) publicado por INDEC y ordenando integrar las diferencias favorables al actor hasta la entrada en vigor del Decreto 274/2024; en cambio se revocó la declaración de inconstitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426, declarando su constitucionalidad conforme doctrina de la CSJN.
- Fundamentos principales (transcripción de pasajes relevantes y citas textuales):
- Sobre la constitucionalidad del art. 2 de la ley 27.426 y seguimiento de la CSJN: "La CSJN, el 4 de diciembre del año 2025,
- en los autos: 'Fernández Pastor, Miguel Ángel c/ ANSeS s/ amparos y sumarísimos'
- revocó la sentencia de Cámara, declarando la constitucionalidad del artículo puesto en crisis... '...la ley 27.426 –vigente desde el 29 de diciembre de 2017– no vulneró un derecho adquirido por los beneficiarios pues, para ese entonces, el derecho a obtener o percibir el aumento de la ley anterior aún no había nacido –recién se devengaría en marzo de 2018–...'"
- Sobre la aplicabilidad del principio de no regresividad y la movilidad 27.609: "Como consecuencia de todo lo anterior y en el caso particular que estamos analizando, corresponde ordenar la aplicación de la fórmula de movilidad antes mencionada, hasta la entrada en vigencia del Decreto 274/2024... Desde allí trimestralmente deberá realizarse el cálculo comparativo entre lo efectivamente percibido por el actor durante la vigencia de la Ley N°27.609 y lo que le hubiese correspondido de aplicar IPC para el mismo periodo, debiendo integrarse con la diferencia que surgieren a favor del actor por aplicación de este último si fuere mayor, hasta la entrada en vigencia del decreto 274/2024."
- Dispositivo de la resolución de Alzada: "1º)
- HACER LUGAR PARCIALMENTE al recurso de apelación interpuesto por la demandada ANSES y, en consecuencia, revocar la sentencia de primera instancia exclusivamente en cuanto declaró la inconstitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426... y CONFIRMAR en el resto de sus consideraciones la sentencia de primera instancia. 2º)
- NO HACER LUGAR al recurso de apelación impetrado por la ACTORA y CONFIRMAR la sentencia de primera instancia en lo que fue motivo de apelación..."
- Sobre tasa de interés y reparación integral: "Se ha reconocido jurisprudencialmente la aplicación de la Tasa Pasiva del BCRA... En consecuencia, corresponde desestimar la queja y confirmar lo sentenciado en primera instancia."
- Votos: El voto mayoritario (D. Castiñeira de Dios) contiene el análisis extenso; los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al mismo por sus fundamentos.

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