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PERALTA ROBERTO FABIAN C/ GUARDMAN SA S/ DESPIDO

El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción cuyo acuerdo fue sometido a homologación. El Tribunal homologó el acuerdo celebratorio de fecha 12/5/2026 por reunir las condiciones de validez y dispuso condenar en costas a la demandada, regulando honorarios y honorarios periciales sobre la base de $12.000.000 conciliados.

Homologacion de transaccion Despido Costas a la demandada Regulacion de honorarios Perito contador $12.000.000 (monto conciliado) $480.000 (perito) Tribunal del trabajo n? 2 Notificacion electronica Acuerdo conciliatorio

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: PERALTA ROBERTO FABIAN. Demandado: GUARDMAN SA. Objeto: Demanda por despido; las partes celebraron una transacción que pone fin al juicio (ESCRITO ELECTRÓNICO de fecha 12/5/2026). Decisión: Homologó el acuerdo celebrado por las partes en el escrito electrónico de fecha 12/5/2026; impuso las costas a la demandada; reguló honorarios de abogados y perito contadora. Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales más importantes): "La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido)." "Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el ESCRITO ELECTRÓNICO de fecha 12/5/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas." Sobre costas y honorarios: "Las costas serán soportadas por la demandada GUARDMAN SA (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. RYMAR PABLO ROMAN, letrado apoderado de la actora en la cantidad de VEINTICUATRO Jus y DOCE centésimos (24,12 JUS); RONCORONI FEDERICO, letrado apoderado de la actora en la cantidad de VEINTICUATRO Jus y DOCE centésimos (24,12 JUS), CARNICERO FEDERICO, letrado apoderado de la demandada en la cantidad de VEINTICUATRO Jus y DOCE centésimos (24,12 JUS). Todas con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00)..." Sobre honorarios periciales: "Y los del Perito Contador COSTAGLIOLA SANDRA MONICA en la suma de PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($ 480.000,00). Con más el 10% (art. 193, art. 168 y 175 ley 10620, arts. 27 inc. b y 33 ley 13948) deb. retenerse el 7% (art. 33 ley 13948). ... Con más el IVA si correspondiere." Decisiones procesales adicionales consignadas:
- Notificar electrónicamente a las partes y registrar la finalización del juicio por acuerdo conciliatorio en Receptoría General de Expedientes (art. 58 inc b) Acordada 3397 SCBA).
- Requerir acreditación, previo al cobro de honorarios, del cumplimiento de art. 12 bis ley 10.268 y art. 3 ley 8480 si correspondiera.
- Se indica la base regulatoria y cálculo del jus al día, y se transcribe el art. 54 de la ley 14.967 sobre notificación de regulaciones de honorarios. Fechas y montos relevantes:
- Fecha del ESCRITO ELECTRÓNICO que contiene la transacción: 12/5/2026.
- Monto conciliado: PESOS DOCE MILLONES ($12.000.000,00).
- Perito contadora: PESOS CUATROCIENTOS OCHENTA MIL ($480.000,00).
- Honorarios regulados a cada letrado interviniente: 24,12 JUS.

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