NAVARRO LELIA GRACIELA C/ MORENO PATRICIA IRENE Y OTRO/A S/ HOMOLOGACION DE CONVENIO
La actora promovió homologación de convenio conciliatorio para terminar juicio laboral por monto acordado. El Tribunal homologó el acuerdo celebrado el 7/4/2026 y 10/4/2026, imponiendo costas a las demandadas y regulando honorarios sobre la base del monto conciliado de $18.000.000.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Navarro Lelia Graciela.
Demandado: Moreno Patricia Irene y Jacobson Javier Ignacio.
Objeto: Homologación de la transacción/ convenio celebrado por las partes que da por terminado el proceso laboral.
Decisión: Homologar el acuerdo obrante en los escritos electrónicos de fechas 7/4/2026 y 10/4/2026; imponer las costas a las demandadas; regular honorarios a favor de los letrados intervinientes tomando como base el monto conciliado de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($18.000.000).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos relevantes y citas textuales):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido).-
Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documentan en los en los Escritos Electrónicos de fechas 7/4/2026 y 10/4/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
Respecto de las costas y honorarios:
"Las costas serán soportadas por la demandada Jacobson Javier Ignacio y Moreno Patricia Irene (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. Jover Joel Nicolas, letrado patrocinante de la actora en la cantidad de Setenta Y Dos Jus y Treinta Y Seis centésimos (72,36 JUS); Fierro Gonzalo Alberto, letrado apoderado de la demandada ... se regulan los honorarios en la cantidad de Treinta Y Seis Jus y Dieciocho centésimos (36,18 JUS). Todas con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS DIECIOCHO MILLONES ($18.000.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida..."
Votos: Los tres integrantes del Tribunal (Mariana Landi, Xabier Uriaguereca y Diogenes Carlos David Toraf) votaron en el mismo sentido, coincidiendo con los fundamentos expresados por la Dra. Mariana Landi.
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