MACHADO RAMON NICOLAS C/ WOLFF SERVICE S.R.L. S/ DESPIDO
El actor promovió demanda por despido y las partes celebraron una transacción arribada en audiencia el 22/4/2026. El Tribunal homologó el acuerdo, poniendo la carga de costas en la demandada y regulando honorarios y honorarios periciales con base en el monto conciliado.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Machado Ramon Nicolas.
Demandado: Wolff Service S.R.L.
Objeto: Pretensión derivada de despido; las partes celebraron una transacción para dar por terminado el juicio (acta de audiencia de fecha 22/4/2026).
Decisión: Homologar la transacción celebrada por las partes en el acta de audiencia de fecha 22/4/2026; imponer las costas a la demandada; regular honorarios de los letrados y del perito-contador; notificaciones conforme normativa.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original del Tribunal):
"La citada transacción ha sido celebrada por las partes plenamente capaces, en ejercicio de su voluntad expresada libremente, no teniendo la misma a la vez por objeto un título nulo ni contrario a las leyes de orden público (arts. 1641 y 1643 CCyC., 12 y 15 de la LCT, 308 del CPCC.) habiéndose alcanzado una justa composición de los derechos e intereses de las partes (SCBA LP L 87983 S 26/12/2012 Carátula: Olivera, Carlos Alberto c/Transportes Automotores La Plata S.A. s/Despido)."
"Por ello entiendo que corresponde homologar dicha transacción por medio de la cual las partes dan por terminado el presente juicio, en la forma y condiciones que lo han estipulado y que documenta el acta de audiencia e fecha 22/4/2026 cuyas cláusulas se deben tener por reproducidas."
- Regulación de costos y honorarios (transcripción):
"Las costas serán soportadas por la demandada Wolff Service S.R.L. (art. 73 del C.P.C.C., 24, 25, 26 y 89 de la ley 15.057), regulándose los honorarios de los Dres. Picallo Ezequiel Alfredo, letrado apoderado de la actora, en la cantidad de dieciseis Jus y ocho centésimos (16,08 JUS); Alejandro Quintana, letrado patrocinante de la actora en la cantidad de ocho Jus y cuatro centésimos (8,04 JUS), De Stefano Maria Mercedes, letrada apoderada de la demandada, en la cantidad de veinticuatro Jus y doce centésimos (24,12 JUS) Todas con más el porcentaje legal e I.V.A si correspondiere. ... A tal fin se ha tenido en cuenta como base regulatoria, el monto conciliado que asciende a la suma de PESOS SEIS MILLONES ($6.000.000), la naturaleza, importancia y eficacia de las tareas desarrolladas en autos, etapa cumplida,..."
"Y los de la Perito Contadora Laborato Maria Florencia en la suma de PESOS TRESCIENTOS MIL ($ 300.000). Con más el 10% e IVA si correspondiere ... deb. retenerse el 7% (art. 33 ley 13948)."
- Otras providencias relevantes (transcripción):
"Hágase saber a los letrados intervinientes que, previo al cobro de honorarios deberán acreditar en autos el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 12 bis de la ley 10.268, artículo 3 de la ley 8.480, si lo adeudaren."
"A fin de dar cumplimiento con lo dispuesto en el artículo 58 inc b) de la Acordada 3397 SCBA, notifíquese automáticamente a la Receptoría General de Expedientes, para que tome nota de la finalización del juicio por acuerdo conciliatorio, a sus efectos (art 16 de la Res SCBA 14/21)."
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