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ERCSA CONSTRUCCIONES SRL C/ ESTADO PROVINCIAL S/ CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO - ORDINARIO

ERCSA Construcciones S.R.L. apeló la decisión del Estado Provincial que rescindió su contrato de obra pública. La Cámara en lo Contencioso Administrativo N° 1 anuló parcialmente el decreto de rescisión, reconociendo la culpa del Estado en la demora de pagos.

Recurso de apelacion Contencioso administrativo Rescision de contrato Demora en pagos Gastos improductivos Culpa del estado Anulacion de decretos Contrato de obra publica Costas Jurisdiccion administrativa


¿Quién es el actor?

ERCSA Construcciones S.R.L.

¿A quién se demanda?

Estado Provincial de Entre Ríos.
- Objeto de la demanda: Anulación de los decretos N°4497/18 y N°1230/20, y reconocimiento de la rescisión del contrato por culpa del Estado.
- Decisión del tribunal: Se anula parcialmente el artículo 4 del decreto N°4497/18 y se desestiman el resto de las pretensiones.

¿Cuáles son los fundamentos principales?

"La rescisión contractual está prevista como derecho a disponerla por la administración y como derecho a solicitarla por la contratista, en los casos en que detalla para cada uno de los contratantes." "La contratista no acreditó causa justificante que la haya habilitado a paralizar las obras desde el 14.12.17 frente a la intimación de su comitente a continuar las labores." "El decreto rescisorio constituye un ejercicio legítimo del derecho de la comitente estatal a rescindir un contrato de obra pública por incumplimiento de su contratista de los tiempos de obra."

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