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Incidente Nº 1 - ACTOR: JAEF, NELIDA BEATRIZ DEMANDADO: ANSES s/INC EJECUCION DE SENTENCIA

La actora promovió ejecución de sentencia contra ANSeS por reajuste de haberes y liquidación practicada. La Cámara Federal de Rosario confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla pericial y ordenó la ejecución, rechazando los agravios de ANSeS especialmente sobre PBU, retenciones y moratoria.

Ejecucion previsional Anses Planilla pericial Prestacion basica universal (pbu) Retencion impuesto a las ganancias Moratoria Reajuste de haberes Costas Honorarios Camara federal de rosario

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: JAEF, NELIDA BEATRIZ (actora ejecutante). Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Ejecución de sentencia y liquidación de reajustes de haberes previsionales; aprobación de planilla pericial, actualización de componentes (PBU), reajuste por aportes (incl. moratoria), intereses, retención de impuesto a las ganancias y costas/honorarios. Decisión: Se confirmó la sentencia de primera instancia que aprobó la planilla practicada, rechazó las excepciones, ordenó llevar adelante la ejecución, impuso costas a la demandada y reguló honorarios; se rechazaron los agravios de ANSeS y se impusieron en la Alzada las costas a la recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo): "3.
- La ANSeS se agravió de que en la sentencia en crisis no se hubieran tenido en cuenta las impugnaciones formuladas por su parte a la planilla practicada por la perito. Argumentó que como consecuencia de haberse aprobado directamente le generó una grave indefensión, por lo que solicitó la declaración de nulidad de la sentencia. Sostuvo que no corresponde la actualización de la Prestación Básica Universal (PBU) atento a que la actora adquirió su derecho con posterioridad al 03/2009, fecha desde la cual considera que dicho componente es fijo y actualizable por movilidad legal y que no se condice con la sentencia dictada en autos." "2.
- Ingresando al estudio de la queja de la demandada referida a la omisión de la retención del impuesto a las ganancias, indicaré que la resolución recurrida remitió, al precedente 'García' de la Corte Suprema de Justicia de la Nación (fallo del 26/03/19), criterio sostenido por esta Sala 'A' ... lo que no fue rebatido por la apelante. Por ello, será rechazada." "3.
- En relación a los demás agravios efectuados, guardan analogía con lo resuelto por esta Sala 'A' ... En dichos precedentes, los planteos fueron rechazados mediante los acuerdos respectivos, a cuyos fundamentos y conclusiones corresponde remitirse, en lo pertinente, por razones de brevedad y economía procesal. En consecuencia, corresponde confirmar la sentencia apelada." Voto concurrente de la Dra. Andalaf Casiello: "1.
- En torno a la retención del impuesto a las ganancias concuerdo con la solución dada por el Dr. Pineda, teniendo en cuenta la jurisprudencia dictada por la Corte Suprema de Justicia de la Nación en autos 'García María Isabel c. AFIP s. Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad' del 26 de marzo de 2019... entiendo que debería quedar exento del impuesto a las ganancias la totalidad del retroactivo reconocido en autos. 2.
- A las restantes cuestiones, adhiero al voto del vocal preopinante por coincidir en lo sustancial con la solución propuesta. Es mi voto."
- Montos/fechas relevantes: fecha de la firma del acuerdo y sentencia: 23/07/2026. Se regulan honorarios de la Alzada en el 30% de lo fijado en primera instancia.

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