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LEIVA, ESTER CATALINA c/ ANSES s/REAJUSTES VARIOS

La actora reclamó reajustes varios de prestaciones previsionales (PBU, PC y PAP) y la declaración de inconstitucionalidad de normas reglamentarias y de la ley 27.426. La Cámara Federal de Mendoza modificó parcialmente la sentencia de primera instancia: confirmó la mayoría de los reajustes y pronunciamientos favorables al actor, pero revocó la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 conforme a reciente doctrina de la CSJN.

Pbu Prestacion compensatoria Pap Actualizacion Ley 26.417 Ley 27.426 Isbic Resolucion sss 6/2009 Impuesto a las ganancias Costas (art. 36 ley 27.423)

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Leiva, Ester Catalina (actora/jubilada beneficiaria). Demandado: ANSeS (Administración Nacional de la Seguridad Social). Objeto: Reajustes varios de haberes previsionales (Prestación Básica Universal
- PBU, Prestación Compensatoria
- PC, Prestación Adicional por Permanencia
- PAP), declaración de inconstitucionalidad de topes y normas reglamentarias (Resolución SSS 6/2009, artículos de la Ley 24.241), exclusión del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos, y demás accesorios. Decisión: La Cámara hizo lugar parcialmente al recurso de apelación de ANSeS, revocando únicamente la declaración de inconstitucionalidad del artículo 2 de la Ley 27.426 y declarando su constitucionalidad; confirmó en lo demás la sentencia de primera instancia (orden de recalcular PBU, aplicación de movilidades correspondientes, exención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos, diferimiento del análisis de topes a la etapa de liquidación, y costas a la demandada).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
- Sobre actualización de la PBU y aplicabilidad de leyes: "Respecto del agravio sobre la actualización ordenada por el A quo de la PBU, considero que la misma debe ser confirmada. Ello, por cuanto el juez de sentencia se funda en precedentes de esta Cámara que analizan los beneficios adquiridos después de 2009, estableciendo que la PBU debe ser actualizada hasta que entre en vigencia la Ley 26.417. En su artículo 4º, esta ley dispuso que el monto de la PBU deje de ser una fórmula, para pasar a ser una suma fija, estipulada en PESOS TRESCIENTOS VEINTISÉIS ($ 326)."
- Sobre inaplicabilidad del índice ISBIC por corte temporal: "Conforme lo dispone su artículo 2º, la actualización de las remuneraciones ... debe realizarse ... mediante el índice combinado previsto en el artículo 32 de la ley mencionada. ... en el caso que nos ocupa, la discusión en torno a la procedencia del uso del índice ISBIC carece de operatividad jurídica ya que el beneficio fue otorgado con posterioridad a la entrada en vigencia de la ley n° 26.417 lo que excluye su aplicación conforme a la doctrina establecida por la CSJN en fallos posteriores como ‘Quiroga Caros Alberto c/Anses s/Reajustes Varios’ (Fallo 338:1327)."
- Sobre constitucionalidad del art. 2 de la Ley 27.426: "En consecuencia, corresponde hacer lugar al agravio planteado por ANSeS, revocar en este punto la sentencia de primera instancia y declarar la constitucionalidad del artículo 2 de la ley 27.426."
- Sobre exención del Impuesto a las Ganancias sobre retroactivos: "no se declara la inconstitucionalidad de la norma, sino que la línea argumentativa que permite evadir al retroactivo del impuesto aludido es la propia naturaleza de las sumas devueltas que no son materia de afectación tributaria. Así, no se cuestiona la constitucionalidad de la ley, sino que el a-quo se expide sobre la falta de aplicación al caso y por ello, para evitar que ANSES repita la conducta habitual de retener el impuesto, le ordena de oficio ... la conducta contraria para salvaguardar la integralidad del retroactivo cuya devolución se ordena lo que no importa un pronunciamiento extra petita."
- Sobre la Resolución SSS 6/2009 (tope reglamentario): "La Resolución de la SSS 6/2009 resulta inconstitucional por vulnerar la debida proporción entre el haber de pasividad y el haber de actividad, limitando por una reglamentación más allá de la misma ley, alterando, el texto constitucional previsto en el artículo 14 bis... La norma es confiscatoria, porque de acuerdo a la liquidación que presenta la actora, viola el derecho de propiedad (art. 17 CN) y el principio de integralidad de las prestaciones de la seguridad social (art. 14 bis CN)."
- Sobre diferimiento del análisis de topes a liquidación: "coincido con la resolución del juez a-quo quien resolvió diferir el tratamiento del planteo a la etapa de liquidación. Por ello, en caso de que en dicha etapa se verifique que la aplicación de los topes resulte confiscatoria, superando el 15% establecido por la Corte Suprema en el precedente ‘Actis Caporale’ ... correspondería declarar la inconstitucionalidad de los mismos."
- Sobre costas: "Por lo tanto estimo que el mismo debe ser rechazado el agravio por la imposición de las costas de primera instancia a la demandada vencida por el art. 36º de la ley 27.423... en la parte que corresponde, las mismas serán impuestas a la vencida o por su orden, según lo establecido por el art. 36 de la ley 27.423 ... Corresponde imponer las costas de la presente instancia a la vencida. (art. 36 de la ley Nº 27.423)." (No se adjuntan votos en disidencia: los Dres. Pizarro y Pérez Curci adhieren al voto del Dr. Castiñeira de Dios).

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