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ARCA c/ ROAD MAP RRHH S.A.S. s/EJECUCION FISCAL - ARCA (Ex A.F.I.P.)

ARCA promovió ejecución fiscal contra ROAD MAP RRHH S.A.S. por una deuda de $7.945.730,29. El Juzgado Federal declaró expedita la ejecución, habilitó a la AFIP a proceder contra la empresa e impuso la inhibición general de bienes y reglas para la imputación de fondos y liquidación de la deuda.

Ejecucion fiscal Afip Deuda tributaria Embargo bancario Inhibicion general de bienes Notificacion Imputacion de fondos Costas Liquidacion de deuda Plazo de impugnacion 5 dias

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: ARCA (Ex A.F.I.P.) Demandado: ROAD MAP RRHH S.A.S. Objeto: Ejecución fiscal por la suma de $7.945.730,29 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos. Decisión: Se declaró expedita la ejecución contra ROAD MAP RRHH S.A.S., habilitándose a la Administración Federal de Ingresos Públicos para llevar adelante la ejecución hasta obtener el íntegro pago del capital de $7.945.730,29 más intereses; se impusieron las costas a la demandada; se autorizó trabar inhibición general de bienes ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia si el embargo bancario resultara negativo o insuficiente; se dispuso la imputación de fondos en caso de embargo positivo; y se previó la notificación de la liquidación de la deuda y el plazo de impugnación de cinco (05) días.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "Las presentes actuaciones caratuladas 'ARCA c/ ROAD MAP RRHH S.A.S. s/EJECUCION FISCAL
- ARCA (Ex A.F.I.P.)', Expediente Nº23758/2026, venidas a despacho para resolver la ejecución fiscal promovida por ARCA en contra de ROAD MAP RRHH S.A.S. por la suma de $7945730.29 correspondiente a los conceptos que surgen de la boleta de deuda agregada en autos." "I) Que la demandada fue debidamente intimada de pago tal como surge del mandamiento obrante en autos, no habiendo opuesto excepciones dentro del plazo legal (art. 92 de la Ley Nº 11.683, y sus modificaciones). Que de conformidad a lo previsto en el último párrafo del artículo citado, corresponde mandar a llevar adelante la ejecución en contra del demandado." "II) Asimismo, para el caso de resultar negativo o insuficiente el embargo bancario ordenado, hágase lugar al pedido de inhibición general de bienes solicitado por la actora, bajo su exclusiva responsabilidad, a cuyo fin deberá trabarse la inhibición general de bienes del demandado ante el Registro de la Propiedad Automotor y el Registro General de la Provincia en los términos y modalidad requeridos por la ejecutante..." "RESUELVO: I.
- Declarar expedita la ejecución de la deuda en contra de el/la demandado/a ROAD MAP RRHH S.A.S., quedando la Administración Federal de Ingresos Públicos habilitada para llevarla adelante hasta obtener el íntegro pago del capital de $7945730.29, con más sus intereses legales. II.
- Imponer las costas del proceso a la demandada (arts. 68 y 558 del CPCCN). ... V.
- La Administración Federal de Ingresos Públicos practicará la liquidación de la deuda, la que será notificada administrativamente junto a la presente haciendo saber al demandado que podrá impugnarla en el plazo de cinco (05) días ante este Tribunal (art. 92 y cc. de la Ley 11.683 y sus modificatorias)."

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