TREPPO, ALVARO CRISTIAN c/ ARCA s/ACCION MERAMENTE DECLARATIVA DE INCONSTITUCIONALIDAD
El actor demandó a la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA, ex AFIP) solicitando la declaración de inconstitucionalidad del régimen del impuesto a las ganancias aplicado sobre haberes previsionales. El Juzgado hizo lugar a la demanda y declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen que grava jubilaciones y pensiones, ordenando la devolución de las retenciones no prescriptas y que ARCA se abstenga de retener dicho impuesto.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Álvaro Cristian Treppo, jubilado.
Demandado: Agencia de Recaudación y Control Aduanero – Dirección General Impositiva (ARCA) (ex AFIP).
Objeto: Se solicita declarar la inconstitucionalidad e inaplicabilidad, para el caso particular, del régimen del impuesto a las ganancias (arts. 1, 2, 79 inc. c) de la Ley 20.628 y normas conexas, Resol. Gral. 2437/08 y Resoluciones reglamentarias (menciones a leyes 27737, 27743, Dec. Regl. 752/24 y Resol. 5531/2024 AFIP), la cesación del cobro sobre sus haberes jubilatorios y la devolución de las retenciones practicadas desde que accedió al beneficio, más intereses y costas.
Decisión: Se hizo lugar a la demanda y se declaró, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias respecto de jubilaciones, pensiones y demás haberes previsionales por los artículos y modificaciones indicadas. Se ordenó a la demandada reintegrar al actor, en 10 días desde la notificación, las retenciones practicadas en los períodos no prescriptos con más tasa pasiva promedio del BCRA; se notificó al organismo liquidador para que se abstenga de practicar nuevas retenciones; se impusieron las costas a la demandada; y se regularon honorarios al letrado actor.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Es decir, que no corresponde a los jueces decidir si un tributo es o no conveniente, pero sí les incumbe analizar si aquel es contrario a los principios y garantías contenidos en la Carta Magna."
"La mengua del haber previsional mediante la retención de un porcentaje de aquel, en concepto de impuesto a las ganancias, afecta notablemente su esencia, y por lo tanto le impide cumplir con su finalidad."
"A ello se le suma el hecho de que el tributo de mención, fue oportunamente abonado, al encontrarse el sujeto pasivo -hoy jubilado
- en actividad. Esto lleva a una doble imposición, por un lado, el fisco percibió el tributo por el trabajo personal y por otro lado, percibe el mismo impuesto, por el beneficio previsional derivado de aquella labor por la cual ya se tributó."
"Sumado a ello, no puede considerarse al haber previsional como una ganancia. La ganancia es una utilidad obtenida por una prestación o una renta; y el haber jubilatorio o de pensión, no cuenta con estas características, por el contrario, ... su finalidad es paliar la contingencia vejez, y está financiado por los aportes efectuados durante la vida ..."
El juez además remite y comparte criterios de la jurisprudencia nacional y de la CSJN, citando en particular la causa "García María Isabel c/ AFIP s/Acción Meramente Declarativa de Inconstitucionalidad", sentencia del 26-03-2019, y concluye: "Por todo ello, la presente demanda debe ser admitida en todas sus partes, declarándose la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2,82 inc.'c' y cctes. de la ley 20.628 ... en la medida que mantiene a las jubilaciones, pensiones, retiros ... sujetas al gravamen."
Resoluciones dispositivas relevantes:
"1) Hacer lugar a la demanda interpuesta por ALVARO CRISTIAN TREPPO, y en su mérito declarar, para el caso concreto, la inconstitucionalidad e inaplicabilidad del régimen de impuesto a las ganancias contemplado en los arts. 1º, 2, 82 inc. 'c' y cctes. de la ley 20.628 ...
2) Disponer que la accionada proceda a reintegrar al actor, en el término de diez (10) días ... los montos que se le hubieren retenido ... por los períodos no prescriptos ... más tasa pasiva promedio del BCRA ...
3) Ordenar se notifique, mediante oficio, al organismo liquidador ... a fin de que se abstenga de realizar la retención ...
4) Imponer las costas a la demandada, art. 68, primer párrafo del CPCCN."
- Votos en disidencia: No se registran.
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