Logo

C., A.Z. (POR LA REPR. INVOCADA) c/ OSPAVIAL s/AMPARO LEY 16.986

La amparista solicitó cobertura urgente e integral de cirugía de hernia inguinal escrotal derecha y estudios prequirúrgicos para su padre. El Juzgado Federal hizo lugar al amparo y ordenó a OSPAVIAL brindar inmediata cobertura integral de la cirugía, estudios prequirúrgicos, anestesista, internación y honorarios, imponiendo costas a la obra social.

Amparo Obra social Cobertura medica Cirugia hernia inguinal escrotal Estudios prequirurgicos Derecho a la salud Discapacidad Ley 22431 Ley 16986 Costas y honorarios

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Sra. A.Z.C., en representación de su padre J.D.C. Demandado: Obra Social del Personal de la Actividad Vial (OSPAVIAL), Delegación Túnel. Objeto: Cobertura integral y urgente de cirugía de hernia inguinal escrotal derecha a realizarse en Clínica Ramírez (General Ramírez), incluidos estudios pre-quirúrgicos, anestesista, internación y honorarios médicos. Decisión: Se hizo lugar al amparo y se ordenó a OSPAVIAL que provea la cobertura integral señalada de manera inmediata; se impusieron las costas a la demandada y se regularon honorarios profesionales para las partes.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales): "En virtud de ello, la cuestión planteada deberá analizarse a partir de lo dispuesto por el art. 43 de la Constitución Nacional y disposiciones contenidas en la ley 16986, en tanto no contraríen el espíritu establecido en magna." "Que la actitud asumida por la demandada no se puede convalidar. Esta magistratura tiene dicho que la salud de las personas no puede ser objeto de menoscabo alguno fundado en razones burocráticas, que impidan peticionar un debido tratamiento para la salud." "Nótese que las prescripciones médicas que indican la necesidad de la cirugía y los estudios datan de abril de este año y fueron calificados como urgentes por el médico tratante y, desde esa fecha la amparista ha requerido la cobertura para su padre, sin haber obtenido una respuesta positiva." "La falta de respuesta oportuna de la demandada ha repercutido negativamente en el derecho a la salud del afiliado, afectando seriamente su calidad de vida y no caben dudas que la actitud de la Obra Social demandada de demorar la autorización de la prestación requerida es arbitraria y perjudica los derechos fundamentales a la salud y a la vida del padre de la accionante." "En consecuencia, debe hacerse lugar al amparo deducido por la Sra. A.Z.C. y ordenar a la OBRA SOCIAL DEL PERSONAL DE LA ACTIVIDAD VIAL (OSPAVIAL), que provea la cobertura integral de la cirugía de hernia inguinal escrotal derecha, a realizarse en la Clínica Ramírez de la ciudad de General Ramírez, incluidos los estudios pre-quirúrgicos, anestesista, internación y honorarios médicos, en favor del padre de la amparista, el Sr. J.D.C., de manera inmediata." Se añadieron consideraciones sobre normas aplicables: leyes 22431, 24901, 23660/23661, Convención sobre los derechos de las Personas con Discapacidad (ley 26378) y art. 43 CN; y se aplicó art. 14 de la ley 16986 para imponer las costas a la demandada. Sentencia reguló honorarios: Dr. Alejandro David Luna (actora) $2.103.633 (21 UMAs); Dr. Matías Bernardo Schweizer (demandada) $2.003.460 (20 UMAs).

Buscá fallos judiciales y jurisprudencia relevante para tu caso

Accedé a la base de datos más completa de jurisprudencia argentina. Encontrá sentencias de todos los fueros y jurisdicciones, con análisis detallado y keywords relevantes.

Comenzar