Incidente Nº 13 - IMPUTADO: MARCELO M. BAILAQUE s/Audiencia de control de la Acusación (Art. 279, CPPF)
La defensa ofreció declarar como testigos a los fiscales federales Javier Arzubi Calvo y Claudio Kishimoto en la audiencia de control de la acusación de Marcelo Bailaque. La jueza de revisión revocó la decisión anterior y no admitió las declaraciones por carecer, según el tribunal, de pertinencia y utilidad y por afectar la institucionalidad de la actuación fiscal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Defensa particular de Marcelo Bailaque (Dres. Claudio Puccinelli y Alejandro Parolo) propuso la declaración de dos fiscales como testigos.
Demandado: No aplica en sentido procesal civil; la pretensión se dirige a la admisión de prueba contra la fiscalía y la anterior decisión del Dr. Pineda.
Objeto: Que se admitan las declaraciones testimoniales de los Dres. Javier Arzubi Calvo y Claudio Kishimoto ofrecidos por la defensa en la audiencia de control de la acusación (Art. 279, CPPF).
Decisión: Se revocó la decisión del Dr. Pineda y no se admitió la declaración de los Dres. Kishimoto y Arzubi Calvo; se tuvieron presentes las reservas formuladas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes, lenguaje original):
"Fiscal Dr. Reynares Solari: manifiesta que los Dres. Kishimoto y Arzubi Calvo desconocen la relación existente entre Bailaque y Whpei. Afirma que sus testimonios carecen de pertinencia y utilidad. Plantea que dicha admisión pretende deslegitimar institucionalmente la actuación de ese Ministerio, al presentar a fiscales para cuestionar la actuación de otros fiscales. Por todo lo expuesto, es que solicita que los mencionados no sean admitidos como testigos."
"00:32 Jueza Dra. Vidal: reanuda la audiencia. Brinda los motivos de su decisión -conforme surge del registro audiovisual
- y RESUELVE: 1.
- REVOCAR la decisión del Dr. Pineda y, en consecuencia, NO ADMITIR la declaración de los Dres. Kishimoto y Arzubi Calvo; 2.
- TENER PRESENTES las reservas formuladas."
- Observaciones procesales: la audiencia fue semipresencial, registro audiovisual de 38 minutos agregado a la carpeta (FRO 15682/2024). Intervinieron el Ministerio Público Fiscal (Dres. Reynares Solari e Ignacio Falconi), la defensa particular y el imputado Marcelo Bailaque.
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