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FERRE ADRIANA MARCELA Y ROJO CELIA ESTER C/ INSTITUTO DE OBRA MEDICA ASISTENCIAL (IOMA) S/ PRETENSION INDEMNIZATORIA

Las actoras reclamaron indemnización por la muerte de Oscar Carlos Ferre atribuida a la demora del IOMA en proveer una válvula aórtica percutánea para un TAVI. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que declaró la responsabilidad del IOMA y mantuvo las indemnizaciones por daño moral y tratamiento psicológico y la modalidad de liquidación de intereses (tasa pura 6% hasta liquidación y tasa pasiva provincial luego).

Recurso de apelacion Responsabilidad estatal Ioma Tavi Valvula aortica percutanea Dano moral Tratamiento psicologico Interes puro 6% Liquidacion Confirmacion de fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Adriana Marcela Ferre y Celia Ester Rojo (esposa e hija del fallecido). Demandado: IOMA. Objeto: Pretensión indemnizatoria por los daños derivados de la omisión del IOMA en proveer en tiempo y forma la válvula aórtica percutánea solicitada para la intervención TAVI del Sr. Oscar Carlos Ferre, que falleció a la espera del insumo. Decisión: La Cámara rechazó los recursos de apelación de ambas partes y confirmó la sentencia de grado (21-10-2024) que había hecho lugar parcialmente a la demanda, condenando al IOMA al pago de las sumas fijadas en concepto de daño moral y tratamiento psicológico y ordenando la liquidación conforme a las pautas de actualización e intereses fijadas en dicho fallo.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones literales relevantes):
- Sobre la relación causal y urgencia médica: "de haber provisto IOMA la válvula aórtica percutánea al tiempo en que el Sr. Ferre fue internado para su implante (y no meses después del pedido formal efectuado por su médico, tal como ocurrió), la expectativa de vida del nombrado hubiera sido mayor; por ende, el deceso del nombrado tiene directa relación de causalidad con las demoras en que incurriera dicho organismo".
- Sobre la necesidad de tratamiento psicológico: el perito psicóloga concluyó que "resulta imprescindible que las peritadas realicen un tratamiento psicoterapéutico que las ayude a mejorar la calidad del proceso del duelo, identificar y resolver los conflictos que interfieren en la culminación de dicho proceso. ... Por todo lo anteriormente expuesto, reitero que las peritadas necesitan realizar Tratamiento Psicoterapéutico".
- Sobre la cuantificación y su confirmación: el Tribunal sostuvo que "la indemnización fijada en el fallo constituye una equitativa composición del detrimento moral sufrido" y que "corresponde que los intereses adeudados se liquiden con arreglo a las pautas sentadas en el fallo de grado" aplicando la doctrina de la SCBA (tasa pura 6% anual desde la fecha del hecho hasta la liquidación y, de allí en más, la tasa pasiva del Banco de la Provincia de Buenos Aires conforme a 'Ubertalli').

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