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DE MAURIZIO CARLOS GABRIEL C/ ARREJIN CARLOS SEBASTIAN CAYETANO S/ DAÑOS Y PERJ.AUTOM. C/LES. O MUERTE (EXC.ESTADO)

Demanda por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito que ocasionó la muerte de José David Santarelli y lesiones a terceros. La Cámara revocó parcialmente la condena contra Maccagnani, confirmó y ajustó diversas partidas indemnizatorias y ordenó que las costas de Alzada las asuman Arrejín y su aseguradora.

Accidente de transito Responsabilidad objetiva Hecho de tercero (art. 1729 ccyc) Dano por muerte (valor vida) Dano moral Incapacidad e incapacidad psiquica Danos materiales (factura $296.450) Extension de condena a aseguradora Intereses y actualizacion (inconstitucionalidad arts. 7 y 10 ley 23.928).

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: En los autos "Santarelli": Alicia Estela Pérez (viuda) y los hijos Francisco Enrique José y Estefanía Alicia Santarelli. En los autos acumulados "De Maurizio": Carlos Gabriel De Maurizio (actor). Demandado: Principalmente a Carlos Sebastián Cayetano Arrejín (conductor del Peugeot), a Fernando Darío Maccagnani (conductor de la Renault Master) y a Carlos G. De Maurizio (conductor del Chevrolet Corsa), y a las aseguradoras Paraná S.A., Seguros Bernardino Rivadavia y Provincia Seguros S.A. por extensión de condena. Objeto: Indemnizaciones por muerte (valor vida, daño moral), incapacidad física y psíquica, gastos médicos, daños materiales, y otras partidas derivadas del accidente del 30/05/2018 en la Autopista Panamericana km 13. Decisión: La Cámara revocó la atribución de responsabilidad a Fernando D. Maccagnani (eximente por hecho exclusivo de tercero respecto de él), revocó la extensión de condena contra Seguros Bernardino Rivadavia, confirmó y en ciertos rubros modificó las indemnizaciones fijadas en primera instancia (por ejemplo elevó daño moral de la viuda a $8.000.000; aumentó tratamiento psicológico y daño moral del actor De Maurizio; hizo lugar al reclamo por daños materiales por $296.450) y ordenó que las costas de alzada se impongan a Arrejín y Paraná Seguros.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripciones textuales relevantes): "Así las cosas, la prueba producida en la especie conduce a concluir que el accidente obedeció exclusivamente al obrar de Arrejín, quien, con su conducta antirreglamentaria e imprevisible, introdujo en la circulación el riesgo que desencadenó el siniestro (arts. 375, 384 CPCC)." "Por el contrario, al no haberse demostrado que Maccagnani, conductor de la Renault Master, hubiera incurrido en una conducta culposa o antijurídica que guardara relación causal adecuada con el resultado dañoso, corresponde tener por demostrada la eximente prevista en el art. 1729 del Código Civil y Comercial..." "Por lo expuesto, corresponde hacer lugar al agravio formulado por el letrado apoderado de Provincia Seguros, y en consecuencia, revocar parcialmente la sentencia recurrida en el sentido que se rechaza la demanda promovida por Alicia Estela Perez, Francisco Enrique José Santarelli y Estefanía Alicia Santarelli contra Fernando Darío Maccagnani..."
- Citas textuales adicionales relevantes: "El testigo... fue categórico al señalar que Arrejín realizó una maniobra imprudente al cruzar los carriles de circulación... El mencionado testigo... resulta adecuado para acreditar la maniobra previa realizada por el Peugeot 206 conducido por Arrejín (arts. 384 y 456 del CPCC)." "La obligación asumida por el asegurador en el seguro de responsabilidad civil posee carácter accesorio respecto de la responsabilidad del asegurado... al no haberse establecido responsabilidad alguna del asegurado frente a la parte actora... la condena extensiva a la compañía de seguros resulta improcedente (art. 118 ley 17.418)."

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