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COVA MAKENZIE DAVID C/ ESCOBAR DIEGO ALEJANDRO S/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE DOMINIO

Demanda de prescripción adquisitiva por lote en La Caleta. La Cámara confirmó el rechazo de la demanda por insuficiencia probatoria sobre la posesión desde 1989, la inexistencia de prueba documental complementaria y la falta de acreditación de la cesión de derechos.

Prescripcion adquisitiva Usucapion Prueba insuficiente Posesion Accesion de posesiones Cesion de derechos posesorios Legitimacion Costas La caleta Cpccba art. 375.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: David Cova Makenzie. Demandado: Diego Alejandro Escobar (y otro). Objeto: Prescripción adquisitiva (usucapión) sobre inmueble en Golfo San Jorge 733, La Caleta (Circ. IV, Secc. H, Mz. 68, Parc. 16, Matr. 16824, Partida 32084). Decisión: La Cámara rechazó el recurso de apelación y confirmó la sentencia de primera instancia que había rechazado la demanda de prescripción adquisitiva, con costas al apelante; diferida la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes): "Para así decidir, señaló que el actor pretende hacer valer una posesión sobre el lote que el señor Mario Humberto Cova habría iniciado en el año 1989. Indicó que, a pesar de ello, no se ha ofrecido prueba que avale ese relato. Concretamente, refirió que 'no se ha incorporado a la causa el acta de defunción que demuestre el fallecimiento del Sr. Cova, ni se ha producido prueba idónea que demuestre el vínculo de parentesco invocado, más allá de los testimonios desplegados por los testigos'. Bajo esa premisa, concluyó que el actor carece de legitimación activa para ejercer esta acción." "En cuanto a los alegados actos posesorios, remarcó que no existe un solo elemento material aportado (v.gr., facturas, recibos, etc.) que corroboren con cierta precisión la fecha de inicio de la toma de posesión. Agregó que 'la poca prueba documental acompañada (limitada a dos boletas expedidas por Rentas, un acta de choque, declaración jurada de domicilio, boleta de ARBA del año 2021, acta policial del año 2002, etc.) no resulta suficiente para tener por acreditada la posesión útil a los fines pretendidos'." "En este contexto de múltiples inconsistencias probatorias, tanto sobre la posesión originaria como sobre la transmisión de esos derechos al actor de este pleito, no tengo dudas de que el recurso debe ser íntegramente rechazado." "La naturaleza de su demanda le imponía la carga de justificar y acreditar -valiéndose de cualquier medio probatorio, aunque sin depender únicamente de la testimonial
- que tanto él -como así también su antecesor
- poseyeron la heredad mediante actos materiales realizados con ánimo de dueño desde la fecha invocada y durante el plazo fijado por la ley. Esta carga probatoria ha sido incumplida, sellando la suerte adversa de la demanda (art. 375 del CPCCBA)."
- Otros fundamentos relevantes: la Sala enfatiza que la prueba testimonial sola no alcanza en juicios de usucapión; falta de partida de nacimiento/acta de defunción que acredite el vínculo filial; dudas sobre la autenticidad y denominación del contrato de cesión fechado 3/3/2021, además de inconsistencia temporal con el fallecimiento alegado; exigencia de prueba compuesta e idónea para accesión de posesiones.

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