INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 4 DE DOLORES (MAR DEL TUYU) Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N° 2 DE MORENO GENERAL RODRIGUEZ
Incidente de competencia entre Juzgados de Garantías por la IPP N° 03-02-8754-25. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías N°4 de Dolores (Mar del Tuyu) por considerarlo el magistrado que ha prevenido y por prematuridad del planteo de la contraparte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Juzgado de Garantías N°4 de Dolores (Mar del Tuyu).
Demandado: Juzgado de Garantías N°2 de Moreno General Rodriguez.
Objeto: Contienda por competencia para entender en la IPP N° 03-02-8754-25; discusión sobre cuál Juzgado es competente para continuar la investigación.
Decisión: La Cámara declaró competente para seguir entendiendo en las actuaciones al Juzgado de Garantías N°4 de Dolores (Mar del Tuyu) y ordenó remitirle los autos, con notificación al Juzgado de Moreno General Rodríguez.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos del fallo):
"1) De las actuaciones surge que en primer término el Juzgado de Garantías N°4 de Mar del Tuyu declinó su competencia para entender en la IPP N° 03-02-8754-25 en favor del Juzgado de Garantías N°2 de Moreno General Rodriguez, en la que este último no aceptó la competencia atribuida por su par de Mar del Tuyu, al considerar que no se encuentran establecidas las circunstancias de modo, tiempo y lugar del evento que se pretende investigar, por lo que concluyó que la declinatoria resultó prematura."
"3) Recibido el incidente en esta Sede, la Fiscal de Casación Daniela E. Bersi, expresó que el planteo de competencia efectuado en autos debe considerarse prematuro."
"4) Considero -al igual que la representante del Ministerio Público Fiscal ante esta instancia Casatoria
- que corresponde atribuir competencia al juez que ha prevenido, toda vez que los elementos traídos no son suficientes ni certeros para discernir cuál será el órgano competente para entender en estos actuados. Sin perjuicio de lo dicho precedentemente, considero que una vez profundizada la investigación y colectadas las pruebas suficientes el magistrado remitente podrá volver a plantear la respectiva contienda."
Resolución: "DECLARAR COMPETENTE para seguir entendiendo en las presentes actuaciones al Juzgado de Garantías N°4 de Dolores (Mar del Tuyu). Rigen los arts. 20, 29, 35 inc. 1 y ccdtes. del CPP. Regístrese, notifíquese y remítase al Juzgado de Garantías N°4 de Mar del Tuyu, encomendándole la notificación de su par de Moreno General Rodriguez."
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