.................... S/ RECURSO DE CASACION
El imputado apeló en casación contra su condena por comercialización y tenencia de estupefacientes con fines de comercialización. La Cámara rechazó el recurso y confirmó la validez del acervo probatorio (allanamiento, secuestros y hecho in fraganti), manteniendo la pena de cuatro años y multa en el mínimo legal.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Recurrente: Alejo Churko, por intermedio de su defensor particular (Dr. Hugo Rubén Icazati).
Demandado: Ministerio Público Fiscal (Fiscalía de Casación se opuso al recurso).
Objeto: Se interpuso recurso de casación contra la condena dictada en juicio abreviado por comercialización de estupefacientes y tenencia con fines de comercialización; se solicitó la revocación de la sentencia y el sobreseimiento del imputado.
Decisión: La Cámara rechazó el recurso de casación, con costas, y reguló honorarios profesionales del defensor en 25% de lo fijado en origen (12 unidades Jus). Se confirmó la valoración probatoria que fundamentó la condena a cuatro años de prisión y multa mínima.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes, lenguaje original del tribunal):
"El día 23 de Junio de 2025, siendo aproximadamente las 18:00 hs., próximo al domicilio investigado, más precisamente en la intersección de las calles General Paz e Ituzaingó de la localidad y partido de Ezeiza, una persona de sexo masculino e identificado posteriormente, comercializó estupefacientes, para inmediatamente proceder a su interceptación, identificándose a su comprador como Fabio Javier Rojas, a quien del bolsillo derecho del pantalón se le incautó un (1) envoltorio de nylon color blanco conteniendo una sustancia semi-compacta de color blanca, que sometido al test reactivo arrojó resultado positivo a la presencia de clorhidrato de cocaína, y un peso entre contenido y continente de 1, gramos, material éste que momentos antes recibiera de parte del sujeto antes mencionado, como objeto del comercio, conducta comprendida dentro de los alcances de la ley 23.737... Asimismo, se secuestraron en total 11,5 gramos de cocaína, una bolsa de nylon con varios recortes del mismo material y 154,53 gramos de marihuana fraccionada en distintos frascos, tijera con vestigios de cocaína y dinero en efectivo, elementos indicativos de que las sustancias estaban destinadas a la comercialización."
"En primer lugar importa señalar ciertas deficiencias que surgen de la pieza recursiva en trato. En efecto, el recurrente no individualiza cuál sería la norma erróneamente aplicada o interpretada por la sentencia, por lo que no logra demostrar la existencia de un error que justifique su agravio... el recurso no progresa, pues la denuncia anónima no constituyó el sustento probatorio de la imputación, sino tan solo el dato inicial que dio origen y orientación a la investigación; en efecto, a partir de las diligencias practicadas se logró individualizar al imputado quien fue fotografiado haciendo entrega de objetos de pequeñas dimensiones a cambio de dinero (lo que permite establecer su vinculación con los hechos investigados), tras lo cual se dispuso el allanamiento de su vivienda y el secuestro de elementos de interés para la causa."
"En consecuencia, si el recurso se limita a dar su propia interpretación sobre el valor de algunas pruebas y omite el resto del plexo probatorio rendido, no se advierte error alguno en el pronunciamiento impugnado, el que se encuentra debidamente fundado y ajustado a derecho."
Votos: El Dr. Violini votó por negativa y rechazó el recurso, el Dr. Bouchoux adhirió.
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