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.................... S/ RECURSO DE CASACION

Recurso de casación contra condena por robo calificado con uso de arma de utilería y declaración de reincidencia. La Cámara rechazó el recurso, sosteniendo que la defensa no desarrolló agravios concretos sobre la ponderación de las pautas agravantes ni acreditó que la pena (3 años y 2 meses) resulte desproporcional.

Robo calificado Arma de utileria Pena 3 anos y 2 meses Recurso de casacion Rechazo Proporcionalidad de la pena Antecedentes Pluralidad de intervinientes Reincidencia La plata / moron

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Los condenados Marcelo Argentino Contreras y Juan José García, a través de la Defensora Oficial, interpusieron recurso de casación. Demandado: El Estado
- Ministerio Público Fiscal, en cuanto titular de la acción penal y parte en el proceso. Objeto: Se impugna la sentencia condenatoria dictada por el Tribunal en lo Criminal N°1 de Morón que los condenó como coautores de “robo calificado por el uso de arma de utilería”, solicitando la aplicación del mínimo legal de la escala penal (tres años) y cuestionando la aplicación de los artículos 40 y 41 del Código Penal. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de casación, con costas, confirmando la adecuación de la pena impuesta y la valoración de las pautas agravantes por el tribunal de grado.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): Primero. El Tribunal tuvo por probado que el 15 de noviembre de 2025, siendo aproximadamente la hora 16.30, en la vereda de a vivienda sita en La Roche 646 de la localidad y partido de Morón, una banda conformada por tres hombres identificados posteriormente como Marcelo Argentino Contreras, Arturo Galeano Colman y Juan José García, previa división de roles y asignación de tareas, interceptaron a Emiliano Cardoso, y mediante intimidación con un arma de utilería tipo pistola Glock, se apoderaron ilegítimamente de un vehículo marca Toyota, modelo Etios, dominio AE606YR, un teléfono celular marca Samsung, modelo A35 y de una billetera de color negra que contenía documentación y la suma de $10.000 pesos argentinos, todo ello propiedad de Cardoso, para luego darse a la fuga a bordo del rodado de mención con los demás elementos sustraídos. Segundo. En primer lugar corresponde señalar que la recurrente desarrolla sólo un esquema teórico completo sobre los alcances del recurso de casación y la revisión en esta instancia, sin hacer ninguna referencia al razonamiento sentencial ni incorporar una propuesta crítica respecto a la valoración de las pautas tenidas en cuenta por el Tribunal para decidir la pena que impuso, omitiendo de ese modo el desarrollo de las razones que sustentan su recurso pues sin cuestionar la existencia de las pautas agravantes computadas, ni exponer los motivos por los que correspondería un menor reproche a sus asistidos reclama se disminuya la pena impuesta al mínimo legal de la escala. En consecuencia, estimando que las penas resultan justas y proporcionales al delito endilgado, propongo al Acuerdo, el rechazo, con costas, del recurso de casación interpuesto.
- Citas textuales importantes incluidas en los párrafos reproducidos: “El Tribunal tuvo por probado que... mediante intimidación con un arma de utilería tipo pistola Glock... se apoderaron ilegítimamente de un vehículo ... un teléfono celular ... y de una billetera ... con la suma de $10.000 pesos argentinos”; y “la recurrente desarrolla sólo un esquema teórico completo ... sin hacer ninguna referencia al razonamiento sentencial ni incorporar una propuesta crítica respecto a la valoración de las pautas agravantes...”.

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