INCIDENTE DE COMPETENCIA ENTRE EL JUZGADO DE GARANTIAS N°8 -LA PLATA (CAÑUELAS)- Y EL JUZGADO DE GARANTIAS N°1 -QUILMES-
Incidente de competencia por presunta falsificación de certificados médicos entre juzgados de La Plata (Cañuelas) y Quilmes. La Cámara declaró competente al Juzgado de Garantías nro. 1 de Quilmes, por existir elementos objetivos que vinculan territorialmente los hechos al Hospital Isidro Iriarte.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Juzgado de Garantías nro. 8 de La Plata (Cañuelas), que declinó su competencia y luego planteó la contienda negativa de competencia ante la Cámara.
Demandado: Juzgado de Garantías nro. 1 de Quilmes, receptor de la declinatoria y cuya aceptación fue inicialmente denegada por dicho juzgado.
Objeto: Contienda negativa de competencia para determinar cuál juez debe entender en la investigación por los presuntos hechos de "falsificación o adulteración de documentos" (certificados médicos presuntamente apócrifos).
Decisión: La Cámara declaró la competencia del Juzgado de Garantías nro. 1 de Quilmes y remitió las actuaciones a ese órgano.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
"Que el Juzgado de Garantías nro. 8 de La Plata (Cañuelas) declinó su competencia ... al sostener que conforme surgía de la denuncia y certificados aportados por el denunciante, los presuntos hechos que se investigan (según puede leerse 'falsificación o adulteración de documentos') habrían sido cometidos en el Hospital Isidro Iriarte de la localidad de Quilmes, ámbito territorial ajeno al Departamento Judicial La Plata (artículos 29 del Código Procesal Penal)."
"Recibida la causa por el juzgado declinado se resuelve no aceptar la declinatoria en razón de considerarla, a esta altura, prematura."
"Compartimos los fundamentos propiciados por la Fiscalía ante este Tribunal en tanto lleva razón el magistrado de Cañuelas al entender que, en el caso, más allá del carácter inicial de la investigación, existen elementos objetivos que permiten provisoriamente determinarse que los hechos que se investigan habrían acontecidos -en principio
- en aquella jurisdicción."
"Como bien dice el accionante, la hipótesis fiscal refiere que los certificados médicos presuntamente apócrifos aparecen atribuidos al nosocomio arriba mencionado y a profesionales que cumplen funciones en el mismo, circunstancia que constituye, al menos en este inicial estadio, un punto de conexión territorial suficiente para asignar la competencia al juez de tal jurisdicción, más allá de que la respectiva contienda pueda renovarse con el avance de la investigación y la recopilación de nuevas pruebas."
Resolución final: "DECLARAR la competencia del Juzgado de Garantías nro. 1 de Quilmes, a quien se remitirán las presentes actuaciones, con noticia de lo resuelto al Juzgado de Garantías nro. 8 de La Plata (Cañuelas)."
Ver fallo completo
Para acceder al fallo completo, ingresa tu email: