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.................... S/ RECURSO DE CASACION

El imputado fue condenado por robo agravado en concurso por efracción cometido en banda y en poblado; se cuestionó la valoración de la prueba por el defensor. La Cámara rechazó el recurso de casación: confirmó la valoración indiciaria, la concurrencia de filmaciones, testimonios y el hallazgo del botín en el domicilio donde fue aprehendido, y rechazó la nulidad o insuficiencia probatoria alegada.

Recurso de casacion Robo agravado Efraccion Prueba indiciaria Filmaciones de camaras Reconocimiento testimonial Allanamiento y secuestro de botin Ausencia de pericia scopometrica/adn Confirmacion de condena Honorarios 10 jus

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Ministerio Público Fiscal Demandado: Santiago Martín Santucci Objeto: Se impugnó en casación la condena por coautoría de robo agravado por haberse cometido en poblado y en banda, y por efracción; se cuestionó la valoración probatoria (testimonios, filmaciones, falta de pericias scopométricas y de ADN) y se solicitó la absolución. Decisión: La Cámara rechazó el recurso de casación interpuesto por el defensor, confirmó la valoración de la prueba en la instancia de grado y regularizó honorarios; se impusieron costas al recurrente.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes del fallo): "La materialidad ilícita investigada arriba firme a esta Sede en los siguientes términos: 'el día 20 de enero de 2024, siendo aproximadamente las 14:00 horas, al menos cuatro personas del sexo masculino, mayores de edad a los efectos legales e identificados como Fabricio Yoel Herrera; Cristian Daniel Contreras; Santiago Martín Santucci, y Emmanuel Juan José Arroyo arribaron al domicilio de calle Tripulantes del Forunier N° 4449 de este medio, propiedad de la Sra. María Ester Caso, a bordo de una camioneta marca Toyota Hilux color blanca, dominio alfanumérico colocado LCP-669, y previo violentar el portón del garage de la finca ingresaron al interior de la misma apoderándose ilegítimamente de varios bienes propiedad de la víctima.'" "De tal forma, sin que exista margen para dudar sobre la prueba producida y valorada, que fue incorporada sin oposición de partes, quedó establecido en el presente caso que el delito fue realizado por quien acordó libremente la vía procesal escogida." "Con ese norte, advierto que se arrimaron a las actuaciones -y se consintió la incorporación-, de elementos que permitieron sostener la intervención de Santucci, pues su aprehensión a los pocos días de cometido el suceso, en el domicilio donde se encontraba la camioneta utilizada, aunado a la existencia de parte del botín en su poder, fueron suficientes para corroborar su identidad y reafirmar su intervención en el ilícito."
- Citas textuales relevantes incluidas en los párrafos reproducidos: "no albergo duda alguna en cuanto a que fue Santucci quien resultó ser uno de los intervinientes en el hecho"; "la prueba indiciaria puede sustentar un pronunciamiento de condena"; "su aprehensión a los pocos días... en el domicilio donde se encontraba la camioneta... aunado a la existencia de parte del botín en su poder, fueron suficientes para corroborar su identidad".

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