GIAMBRUNI ZUNILDA ELIZABETH C/ RENVERS S.A S/ INCIDENTE DE VERIFICACION DE CREDITO
Incidente de verificación de crédito por obligación de escriturar derivada de boleto de compraventa. La Cámara confirmó la resolución de grado que fijó la base regulatoria en $84.900.000 (50% de $169.800.000) y reguló honorarios, entendiendo adecuada la conversión del precio pactado en dólares y la morigeración por la escasa complejidad y celeridad del trámite.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: GIAMBRUNI ZUNILDA ELIZABETH, incidentista que promovió la verificación tardía de crédito para obtener la escrituración de un departamento y cochera.
Demandado: RENVERS S.A., concursada.
Objeto: Verificación de crédito consistente en la obligación de escriturar por boleto de compraventa (precio pactado en U$S 120.000,00) y reconocimiento del dominio del departamento y cochera.
Decisión: La Cámara confirmó la resolución de fecha 08/05/2026 del juez de grado que fijó la base regulatoria en $84.900.000,00 (resultado de convertir U$S 120.000,00 y aplicar una reducción del 50% por escasa complejidad y celeridad), impuso las costas de la Alzada a la apelante y diferirió la regulación definitiva de honorarios. Voto unánime (Soto y Larumbe).
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de fragmentos relevantes del fallo):
"I. Mediante decisorio dictado el 08 de mayo de 2026 el Juez de grado fijó la base regulatoria de las presentes en la suma de $84.900.000,00 y reguló honorarios a los profesionales intervinientes."
"A los fines regulatorios convirtió dicha suma a moneda de curso legal según conversión, al precio tipo vendedor del dólar BAPRO (art.765, CCCN; 9, 16, 54 y concs., ley 14.967), estableciendo la base regulatoria en $169.800.000,00, conforme el criterio sentado por esta Sala el 18/11/2025 en el caso 'Perroud, Silvia Alejandra c. Renvers SA. Incidente de verifiicación'. ... consideró equitativo reducir la base en el 50%, $84.900.000,00."
"b. En cuanto al monto del asunto, ... cuando el objeto del incidente es la verificación de una obligación de escriturar emanada de un boleto de compraventa con precio pactado en moneda extranjera, dicho valor es el que define la cuantía económica del pleito (art.16, ley 14.967; esta Sala causa 122.012 RS 122/21). ... La valuación fiscal es una pauta orientadora pero no absoluta, debiendo prevalecer el valor de mercado o contractual cuando este surge nítido de las constancias de la causa..."
"En consecuencia, corresponde confirmar la resolución apelada en lo que ha sido materia de recurso y agravios. Por lo demás, la Cámara no se encuentra obligada a considerar todas las cuestiones sometidas a su decisión si la solución otorgada a una de las propuestas torna innecesario ocuparse de las demás."
"Se imponen las costas de la Alzada a la apelante. Se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad. Firme, pasen a resolver respecto de la cuantía regulatoria."
- Votos: El doctor Soto votó por la afirmativa; la doctora Larumbe adhirió en todo su voto.
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