CARDAMONI NORA BEATRIZ C/ RIO URUGUAY COOPERATIVA DE SEGUROS LIMITADA Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. AUTOM. S/LESIONES (EXC. ESTADO)
Reclamo por daños y perjuicios automovilísticos por vehículo afectado al servicio de remise y lucro cesante. La Cámara confirmó la sentencia de primera instancia que reconoció lucro cesante por $4.464.300 basada en peritaje contable e informe de la Municipalidad que acreditó retiro del servicio desde el 10/11/2022 al 10/11/2023, rechazando la limitación genérica a 45 días propuesta por la aseguradora.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: Nora Beatriz Cardamoni.
Demandado: Río Uruguay Cooperativa de Seguros Limitada y otro/a.
Objeto: Indemnización por daños y perjuicios derivados de un accidente de tránsito ocurrido el 15 de octubre de 2022, con reconocimiento de lucro cesante y privación de uso por afectación del vehículo al servicio de remise (habilitación n° 7853).
Decisión: Se confirmó la sentencia de fecha 30/09/2025 que hizo lugar parcialmente a la demanda y condenó al demandado y a la aseguradora citada en garantía a pagar la suma de $4.464.300 por lucro cesante (más lo que se fije en ejecución). Se rechazó la apelación de la aseguradora y se impusieron las costas a la recurrente vencida.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes del fallo):
"1.
- En la aludida sentencia se hizo lugar parcialmente a la demanda impetrada por Nora Cardamoni condenándose al demandado y a la aseguradora citada en garantía, "Río Uruguay Seguros Cooperativa Ltda." en la medida del seguro -mas el monto asegurado no podrá ser inferior a la cobertura básica mínima vigente establecida por la Superintendencia de Seguros de la Nación a la fecha del dictado de esa sentencia-, a pagarle al actor dentro del plazo de diez días de quedar firme el pronunciamiento, la suma de $ 4.464.300 más la que se fije en la etapa de ejecución de sentencia."
"Es por demás de elocuente el informe de la Municipalidad de La Plata -adjunto al trámite del 10/06/2024
- donde el ente informa que "de nuestros registros informáticos que a la fecha del siniestro mencionado en el oficio obrante se encontraba como titular de la habilitación 7853 la Sra. Cardamoni Nora Beatriz DNI 11.614.126 domicilio 85 Nº44, el vehículo afectado a la habilitación de referencia es un Chevrolet Classic modelo 2016 dominio POU103. La habilitación de referencia se encontró a partir desde el 10 de Noviembre del 2022 al 10 de Noviembre del 2023 en retiro de servicio por reparaciones en la unidad, realizando el 14 de Marzo del corriente año una transferencia de la habilitación a favor de Valentin Gomez de la Vega DNI 42.363.484 domiciliado en 513 Nº1288" (arts. 384, 385 del CPCC)."
"Por otra parte, el monto final por el que procede el rubro, ha sido determinado sobre la base del dictamen pericial contable, sobre el cual no se plantea objeción alguna (arts. 260, 384, 473, 474 del CPCC). En consecuencia, voto por la AFIRMATIVA."
No hubo votos en disidencia.
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