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BANCO DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES C/ ACOSTA ROMERO JORGELINA LAURA S/ COBRO SUMARIO SUMAS DINERO (EXC.ALQUILERES, ETC.)

Banco demanda cobro sumario de préstamos BIP y ATM por $419.019,22; la Cámara acogió la apelación y modificó el decisorio para admitir los intereses convencionales hasta 1,5 veces las tasas oficiales del Banco Provincia y disponer capitalización semestral. Se impusieron costas de alzada a la demandada.

Cobro sumario Prestamos bip Prestamos atm Intereses convencionales Limitacion tasa (1 5 veces) Capitalizacion semestral Banco provincia Costas de alzada Apelacion Modificacion de fallo.

¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: Banco de la Provincia de Buenos Aires. Demandado: Jorgelina Laura Acosta Romero. Objeto: Cobro sumario de sumas de dinero por créditos derivados de contratos de préstamos BIP y ATM, monto en primera instancia fijado en $419.019,22 más intereses. Decisión: La Cámara modificó el decisorio de grado en cuanto a los intereses aplicables: admitió los intereses convencionales siempre que en conjunto no superen una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires (con reglas distintas hasta 30/09/2022 y desde 1/10/2022) y confirmó la capitalización semestral prevista en los cuatro préstamos BIP; impuso las costas de Alzada a la parte demandada y diferió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (textos transcritos tal como en el fallo): "Mediante la cuestionada sentencia, la señora Jueza de la instancia anterior admitió la demanda promovida por el Banco de la Provincia de Buenos Aires contra Jorgelina Laura Acosta Romero condenando a pagar la suma de $ 419.019,22 con más los intereses señalados. Impuso las costas a la parte demandada y postergó los honorarios para su oportunidad." "En el caso en examen, los créditos reclamados que derivan de contratos de préstamos BIP y ATM, conforme se ha resuelto en precedentes similares, los intereses serán los convenidos, en tanto en su conjunto no superen en una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento en mora a 30 días vigente en los distintos períodos de aplicación hasta el 30/09/2022 y, desde el 1/10/2022 hasta la fecha de pago, una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos, que publica la SCBA en su página oficial para el cálculo de intereses en línea. En cuanto a la capitalización de intereses prevista en los cuatro préstamos BIP, la misma será semestral." Dispositivo de la sentencia (transcripción relevante): "POR ELLO, y oído el señor Adjunto Fiscal de Cámaras, corresponde: I) Los intereses que derivan de los contratos de préstamos BIP y ATM, serán los convenidos, en tanto en su conjunto no superen en una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento en mora a 30 días vigente en los distintos períodos de aplicación y hasta el 30/09/2022 y, desde el 1/10/2022 hasta la fecha de pago, una vez y media la tasa que cobra el Banco de la Provincia de Buenos Aires para restantes operaciones en pesos, que publica la SCBA en su página oficial para el cálculo de intereses en línea. En cuanto a la capitalización de intereses prevista en los cuatro préstamos BIP, la misma será semestral. II) Imponer las costas de Alzada a la parte demandada vencida. III) Diferir a regulación de honorarios para una vez cuantificados los de la instancia precedente." Votos: El voto mayoritario (doctores Soto y Larumbe) decide la modificación del decisorio; no se registran votos en minoría en el acuerdo.

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