T. S. R. Y OTRO/A C/ D. S.A. Y OTRO/A S/ DAÑOS Y PERJ. INCUMP. CONTRACTUAL (EXC. ESTADO)
Los actores consumidores reclamaron daños y perjuicios por incumplimiento contractual contra Despegar.com.ar S.A. y otros. La Cámara declaró la inconstitucionalidad del artículo 730 del Código Civil y Comercial respecto de la situación de la perita apelante y dejó sin efecto el prorrateo de honorarios dispuesto en la sentencia de grado, imponiendo las costas por su orden.
¿Qué se resolvió en el fallo?
Actor: TORRES SILVIO RAUL y otro/a, como consumidores.
Demandado: DESPEGAR.COM.AR S.A. y otro/a.
Objeto: demanda por daños y perjuicios por incumplimiento contractual (relación de consumo).
Decisión: Se declaró procedente el recurso de apelación interpuesto por la perita apelante en cuanto a la imposición del prorrateo de honorarios; la Cámara, por mayoría, revocó el decisorio de fecha 31/03/2026 en cuanto al prorrateo aplicado a la perita apelante, declaró la inconstitucionalidad del art. 730 del Código Civil y Comercial "solo produce efecto en esta causa", dejó sin efecto el prorrateo respecto de la perita apelante, impuso las costas por su orden y difirió la regulación de honorarios.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de párrafos relevantes y citas textuales):
1) Sobre la inaplicabilidad del prorrateo por el beneficio de gratuidad y postura mayoritaria (voto del Presidente Hankovits):
"El actor ganancioso en estas actuaciones está exento del pago de las costas (art.53, Ley 24.240). ... Por todo lo expuesto, concluyo que no es de aplicación el artículo 84 del CPCC al Beneficio gratuidad. En todo caso la demandada podría, al momento de reconocérsele judicialmente a la parte contraria la calidad de usuario o consumidor y, en consecuencia, aplicar al caso el estatuto consumeril, iniciar el incidente de solvencia (art.53, ley 24.240)."
2) Sobre la lesión al derecho de propiedad y la declaración individualizada de inconstitucionalidad (voto concurrente de Sosa Aubone y del Presidente Hankovits):
"Siendo ello así, por el prorrateo realizado con sustento en el artículo 730 del CCyC, se advierte un crédito valido por labores profesionales de la perita recurrente sin un correlativo sujeto pasivo obligado al pago; ... Y ello lesiona, sin duda, el derecho de propiedad de la misma (art.17 de la Constitución nacional). ... Por ello, corresponde en el presente caso declarar la inconstitucionalidad del artículo 730 del digesto sustantivo atento las particularidades del mismo. En este sentido es dable indicar que la declaración de inconstitucionalidad sólo produce efecto en esta causa y no tiene un fin derogatorio genérico de la norma en cuestión."
3) Resolución dispositiva (texto del considerando final y sentencia):
"Se declara procedente el recurso de apelación impetrado y por ende se revoca el decisorio impugnado. Se declara la inconstitucionalidad del artículo 730 del digesto sustantivo. Se indica que la declaración de inconstitucionalidad sólo produce efecto en esta causa y no tiene un fin derogatorio genérico de la norma en cuestión. Se deja sin efecto el prorrateo realizado en la instancia de origen sólo respecto de la perita única apelante. Se imponen las costas por su orden y se difiere la regulación de honorarios para su oportunidad procesal."
- Votos y mayoría: Dos votos por la negativa (Hankovits y Sosa Aubone) revocando el decisorio y declarando la inconstitucionalidad en los términos expuestos; voto disidente de Andrés Soto que había votado por confirmar el decisorio de grado y rechazar la inconstitucionalidad.
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