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.................... S/DESOBEDIENCIA

Apelación fiscal contra el sobreseimiento por el delito de desobediencia por incumplimiento de medidas cautelares en contexto de violencia familiar. La Cámara revocó el sobreseimiento y ordenó elevar las actuaciones a juicio, por entender acreditada la materialidad y autoría con el grado de probabilidad exigible en la instancia.

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¿Qué se resolvió en el fallo?

Actor: La Agente Fiscal Dra. Nora Lilian Fridblatt, con adhesión del Fiscal General Dr. Juan Manuel Mastrorilli. Demandado: Marcelo Domingo Juárez. Objeto: Se impugna el sobreseimiento dictado por la Jueza de Garantías N°3 respecto del delito de Desobediencia (art. 239 CP) por supuesto incumplimiento de medidas cautelares dictadas en favor de Liliana Beatriz Medrano. Decisión: La Cámara hizo lugar al recurso de apelación, revocó el sobreseimiento y ordenó remitir las actuaciones al juzgado de origen para elevación a juicio. No se impusieron costas.
- Fundamentos principales de la decisión (transcripción de los párrafos más relevantes): "I.
- La Sra. Jueza titular del Juzgado de Garantías N° 3, Dra. María Laura Durante, mediante resolución de fecha 8 de junio de 2026, resolvió conceder el sobreseimiento a Marcelo Domingo Juárez, en relación al delito de Desobediencia (art. 239 Código Penal). Tuvo en cuenta para llegar a esa decisión que no se encuentra acreditado el mínimo de lesión al bien jurídico protegido y la ausencia del elemento subjetivo." "III.
- El recurso debe progresar. El delito en trato como acción típica consiste en una omisión de un acto ordenado por la autoridad pública, y para que esto suceda debe haber una orden concreta y dirigida a una persona determinada. Nuñez tiene dicho que el delito de desobediencia implica en su naturaleza jurídica el no acatamiento de una orden impartida por parte de su destinatario (Nuñez
- Tratado de Derecho Penal. Parte Especial, t. V, vol. II, p. 27)." "IV.
- Adentrándome al análisis del caso, las actuaciones se inician a partir del acta de procedimiento policial suscripta por el Sargento Nicolás Miedema Muñoz... obra incorporado a las presentes actuaciones constancia de notificación de la resolución de fecha de 11 de febrero de 2026, dictada por la Sra. Jueza titular del Juzgado de Familia N° 2... que dispuso medidas cautelares. Puntualmente el cese de cualquier acto por parte de Juárez que implique perturbación o intimidación contra Medrano, como así también un perímetro de exclusión, ambas medidas por el término de 6 meses, resultando debidamente notificado el 11 de febrero de 2026 a las 18:22 hs." "De lo expuesto, entiendo que se encuentra acreditada, al menos con el grado de probabilidad que la instancia del proceso exige, la materialidad ilícita y la autoría de Juárez." Adicionalmente el voto enfatiza que el sobreseimiento exige "un estado de certeza negativa" que no está presente en la pesquisa y que la defensa podrá hacer valer su posición en el juicio conforme a las garantías del sistema acusatorio.

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